Con el objetivo de proteger las comunicaciones, la Secretaría de Economía (SE) publicó la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-018-SCFI-2016, la cual tendrá una vigente de seis meses, periodo en que podrá ser prorrogado.
La norma establece que todos los equipos de bloqueo de señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen en las bandas, que deseen importarse, comercializarse y/o distribuirse en el país deben cumplir las especificaciones mínimas y límites, así como los métodos de prueba de los parámetros señalados en la “Disposición Técnica IFT-010-2016”.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia informa que la norma entrará en vigor en 30 días hábiles contados a partir de hoy y tendrá una vigencia de seis meses, periodo en el que podrá ser prorrogado una sola vez.
Explica que la norma busca proteger las comunicaciones dando certeza de que los equipos que se introduzcan y comercialicen en el país no causen inferencias perjudiciales entre equipos de operación poniendo en riesgo a las redes y servicios de telecomunicaciones, garantizando la interoperabilidad entre las redes públicas de telecomunicaciones.
La SE indica que los productos objeto de esta norma son todos los equipos de bloqueo de señales, que en el ámbito técnico operativo bloqueen, cancelen o anulen de manera permanente las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos e imagen dentro del perímetro de los centros de readaptación social o de internamiento para menores.
Así como establecimientos penitenciarios o centros de internamiento federales o estatales, cualquiera que sea su denominación.