
El Dr. Víctor Torres López, reconocido abogado, señaló que la pensión compensatoria es un derecho de carácter económico diseñado para proteger al cónyuge que, tras la separación o el divorcio, se encuentra en una situación de desequilibrio económico en comparación con su posición durante el matrimonio, y respecto a la situación del otro cónyuge.
¿Cuál es su objetivo principal?
Evitar que la ruptura matrimonial genere un perjuicio desproporcionado para una de las partes, especialmente cuando esta redujo o abandonó su desarrollo laboral o profesional para dedicarse al cuidado del hogar y de la familia.
Torres, mencionó que existen criterios clave para su determinación
Para fijar el otorgamiento y el monto de la pensión, los tribunales suelen evaluar los siguientes factores:
Dedicación pasada y futura a la familia y al cuidado de los hijos.
Duración del matrimonio y de la convivencia conyugal.
Pérdida de oportunidades laborales o de capacitación durante el matrimonio.
Medios económicos y capacidad de trabajo de cada uno de los cónyuges.
Colaboración económica en las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro cónyuge.
Modalidades y Duración
Temporal: Se otorga por un periodo determinado, ayudando al cónyuge beneficiario a reincorporarse al mercado laboral o adquirir autonomía económica.
Indefinida: Se concede de forma excepcional en casos donde la edad, la salud o la falta prolongada de inserción laboral hagan improbable que el beneficiario alcance la autosuficiencia económica.
Nota importante: La pensión compensatoria es independiente de la pensión alimenticia destinada a los hijos (en caso de haberlos), ya que busca reequilibrar la situación patrimonial entre los excónyuges.
Consultas WhatsApp 3121431332
Dr. Víctor Torres López
