
El Dr. Víctor Torres López, abogado en materia familiar, señaló que el régimen de convivencia es el conjunto de derechos y obligaciones que regulan la convivencia y comunicación entre los menores de edad y el progenitor que no ejerce la guarda y custodia, así como con otros familiares cuando resulte benéfico para el interés superior del menor.
Torres, mencionó que la finalidad principal es garantizar el desarrollo emocional, afectivo y psicológico del niño, niña o adolescente, procurando mantener vínculos familiares sanos y estables. El juez puede establecer convivencias libres, supervisadas, provisionales o restringidas, dependiendo de las circunstancias particulares del caso.
Dentro del procedimiento judicial, el régimen de convivencia puede fijarse de manera provisional o definitiva, atendiendo siempre al principio del interés superior de la niñez, valorando factores como la estabilidad emocional, seguridad, entorno familiar y bienestar integral del menor.
El incumplimiento injustificado del régimen de convivencia puede generar medidas de apremio, modificaciones judiciales e incluso repercusiones en la guarda y custodia.
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Dr. Víctor Torres López
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