La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió
dos medidas cautelares, una solicitada por el partido político Morena y otra por el
Gobernador Constitucional de Nuevo León, ambas en contra del Partido
Revolucionario Institucional (PRI), por la presunta difusión de contenido que podría
configurar calumnia.
En el primer asunto, la parte denunciante solicitó la adopción de la tutela preventiva
y la suspensión del promocional denominado como “PRI DEFENSORES”, al
considerar que en sus versiones para radio y televisión se les imputan conductas
ilícitas y delictivas, sin embargo, tras la discusión, se acordó que la Unidad Técnica
de lo Contencioso Electoral declarara el sobreseimiento parcial de la queja respecto
de la versión radiofónica, debido a que en ésta no se realiza ninguna referencia al
partido político quejoso.
En cuanto a la segunda queja, el Gobernador de Nuevo León solicitó suspender el
promocional identificado como “RUTA DEL ENRIQUECIMIENTO”, en su versión
para radio y televisión, ya que considera que en el contenido se le imputan delitos
de apropiación indebida de recursos públicos y enriquecimiento ilícito, con la
intención de afectar su reputación.
Por unanimidad de votos, el colegiado, en ambos casos, resolvió que es
improcedente ordenar el retiro de los materiales (en el primer asunto, sólo por lo
que hace al material de televisión), pues las manifestaciones denunciadas, desde
una óptica preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, no implican la
imputación directa y unívoca de un delito o hecho falso, sino que se trata de la
opinión crítica que realiza el partido denunciado respecto de diversos temas
aludidos en los promocionales, lo cual está amparado por la libertad de expresión.
Finalmente, en lo referente a la tutela preventiva, se consideró improcedente
ordenar al denunciado abstenerse de difundir cualquier material con contenido
calumnioso, al considerar que se trata de una solicitud que versa sobre hechos
futuros de realización incierta.









