¿Llamarán a los diputados suplentes?…
Vaya problema en el que se encuentran metidos al menos seis de los diputados de la Quincuagésimo Novena Legislatura, quienes por seguirle el juego al coordinador de la fracción parlamentaria de MORENA, Vladimir Parra Barragán, están a punto de ser mandados a la banca por lo que resta del actual período ordinario de sesiones, además de descontarles de su dieta los días que no acudieron a laborar.
Resulta que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 21 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, reformado en esta misma Legislatura mediante Decreto número 193, publicado en el periódico oficial “El Estado de Colima” el 28 de diciembre de 2019, los diputados deberán ser sancionados cuando falten a sus deberes.
Bueno pues resulta que de acuerdo al citado Artículo 21, “Los diputados que no estén presentes en algún pase de lista, sin causa justificada o sin permiso de la Directiva, no gozarán de la dieta correspondiente a ese día”.
“Cuando se deje de asistir a TRES (las mayúsculas son mías) sesiones consecutivas sin justificación o sin previo permiso de la directiva, se llamará a su suplente respectivo, quien ejercerá las funciones el resto del período ordinario”, dice el segundo párrafo del Artículo 21.
Bien pues resulta que las y los diputados Vladimir Parra Barragán, Claudia Gabriela Aguirre Luna, Araceli García Muro, Blanca Livier Rodríguez Osorio, Ana Karen Hernández Aceves y Arturo García Arias, acumularon todos ellos tres faltas consecutivas y el legislador tecomense cuatro ausencias sin justificación.
Las y los diputados de MORENA y la legisladora del Partido del Trabajo, por decisión propia tomaron la determinación de no participar en las sesiones 11, 12, 13 y en el caso de Arturo García Arias, tampoco participó en la sesión número 14, por lo que él ya acumuló cuatro faltas consecutivas.
La sesión número 11, se realizó de manera virtual, en línea, a las 16:00 horas el martes 7 de julio, cuando Vladimir Parra Barragán, Claudia Gabriela Aguirre Luna, Araceli García Muro, Blanca Livier Rodríguez Osorio, Ana Karen Hernández Aceves y Arturo García Arias, mantenían secuestradas las instalaciones del Congreso del Estado y donde a pesar de haber sido notificados que la sesión sería de manera virtual, tomaron la determinación de no pasar lista de asistencia.
En esa sesión virtual se tomó la decisión de declarar sede alterna del Poder Legislativo el auditorio de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, para que celebrara la sesión número 12, que se efectuó el mismo martes 7 de julio, misma que sería de manera presencial y que había sido convocada para las 18:00 horas.
Hay que recordar que la sesión número 11 fue en línea por estar tomadas las instalaciones del Congreso del estado.
A la sesión número 12, aún cuando estuvieron presentes en el auditorio de la FSTSE, las diputadas Ana Karen Hernández Aceves y Blanca Livier Rodríguez Osorio, así como el diputado Arturo García Arias, abandonaron el lugar antes de que iniciara la sesión, por lo que al pase de lista las y los diputados antes señalados se informó que de manera injustificada estaban ausentes, acumulando la segunda falta consecutiva.
Aquél martes 7 de julio, antes de ser clausurada la sesión, el presidente de la mesa directiva, convocó a sesión pública ordinaria para el miércoles 8 de julio, a las 11:00 horas, en el auditorio de la FSTSE, que había sido declarado recinto oficial de la quincuagésimo Novena Legislatura, por encontrarse tomadas las instalaciones del Palacio Legislativo.
A esa sesión del miércoles nuevamente volvieron a estar ausentes Vladimir Parra Barragán, Claudia Gabriela Aguirre Luna, Araceli García Muro, Blanca Livier Rodríguez Osorio, Ana Karen Hernández Aceves y Arturo García Arias, acumulando así su tercera falta injustificada.
Y en el caso del diputado Arturo García Arias, tomó la determinación de no participar en la sesión pública ordinaria celebrada en línea, por encontrarse de vacaciones el personal del Congreso, el pasado domingo 19 de julio, acumulando así su cuarta falta consecutiva.
Esta Legislatura cambió la Ley…
Como se lo indiqué líneas arriba, fueron los actuales legisladores los que modificaron diversos artículos del Capítulo II denominado “De los derechos y deberes de los diputados”, el 28 de diciembre del año pasado (2019), y fueron ellos quienes aprobaron por unanimidad el contenido del Artículo 21, primero para que se les descuente de la dieta la falta o las faltas injustificadas.
Después que aquellos diputados o diputadas que acumulen TRES (insisto, las mayúsculas son mías) faltas consecutivas o sin previo permiso de la directiva se llamará a sus respectivos suplentes, quienes ejercerán funciones durante lo que resta del período ordinario.
No hay que perder de vista que el actual período ordinario de sesiones inició el 1 de abril y concluirá el 31 de agosto del presente año, por lo que de ser llamados los suplentes al menos estarían en el encargo un mes.
Ahora el Artículo 13 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo afirma que “Los Diputados que falten a tres sesiones consecutivas sin causa justificada, se entiende que renuncian a concurrir a las sesiones HASTA EL PERÍODO ORDINARIO INMEDIATO (lo resaltado en el texto es del autor), llamándose desde luego a los suplentes o a los que en orden de prelación sigan en la lista según el caso. Éstos no podrán durar menos de un mes en funciones, aún cuando los propietarios soliciten regresar”.
En el segundo párrafo de este mismo Artículo 13 del reglamento, destaca que “Para el efecto señalado en este artículo, bastará con que la Secretaría certifique la inasistencia sin justificación del Diputado faltista, misma que se presentará en sesión y que el Diputado Presidente haga la declaración respectiva para inmediatamente ordenar se llame al Diputado Suplente para que ejerza las funciones por el tiempo restante del período ordinario”.
Inclusive el Artículo 14, segundo párrafo, del reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, menciona que:
En todo caso, el nombre de los Diputados que no concurran a las sesiones, se hará constar en el acta respectiva, en la que se expresará si existe o no justificación. De no justificarse la falta o salida anticipada a que se refiere esta disposición, se estará a lo dispuesto por el Artículo 23, fracción XI de la Ley”.
¿Se aplicará la Ley?…
Como usted ha leído hasta el momento ni la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ni el Reglamento, dejan abierto algún resquicio por donde se pudieran zafar de esa sanción, es contundente cuando dice que los diputados que falten mínimo a tres sesiones de manera justificada, están renunciando a su derecho a seguir participando en la Legislatura, por lo que se llamará al legislador suplente, para el caso de los diputados de mayoría, y al diputado o diputada que siga en la lista de prelación, para el caso de los diputados plurinominales.
Va ser interesante saber si el Presidente de la Mesa Directiva de la Quincuagésimo Novena Legislatura hará la declaración respectiva acerca de los diputados y diputadas faltistas que estén en ese supuesto y ver si ordena llamar a los diputados o diputadas suplentes, para que asuman funciones de propietarios por lo que resta del segundo período ordinario de sesiones, del segundo año de ejercicio constitucional.
Para cerrar…
*Por hoy hasta aquí dejo la columna, me hace falta abordar lo sucedido en la sesión ordinaria que se realizó de manera virtual, el pasado domingo 19 de julio, en otra entrega lo haré, por mientras estaremos al pendiente “Desde la Curul 26”.