*De encontrar culpable la Fiscalía General del Estado al edil de Armería, Salvador Bueno, podría proceder en su contra sin necesidad de “destituirlo, ya no tiene fuero”.
Alfredo Quiles Cabrera
El alcalde de Armería, Salvador Bueno Arce, “de resultar culpable de violencia intrafamiliar y lesiones” podría enfrentar “una sanción de 1 a 5 años de prisión” y podría ser detenido en cualquier momento “pues los alcaldes, síndicos y regidores, entre otros servidores públicos, ya no cuentan con fuero Constitucional que los proteja.
En el Código Penal del Estado de Colima, se contempla en el artículo 225 una sanción de 1 a 5 años de prisión “al miembro de la familia que abuse de su fuerza física y dañe la integridad a otro miembro familiar”.
El marco jurídico establece que: “(…) se le impondrá de uno a cinco años de prisión y multa por un importe equivalente de cincuenta a cien unidades de medida y actualización. Además se podrá imponer la restricción de la comunicación o prohibición de residir en la circunscripción territorial donde tenga su domicilio la víctima, durante el tiempo que dure la pena de prisión impuesta, y en su caso, tratamiento psicológico especializado”.
De momento, el Ministerio Público dependiente de la Fiscalía General del Estado ya dio el primer paso al establecer protección a Silvia Saucedo, esposa y presidente del DIF Estatal, quien fue agredida a golpes y con un arma de fuego por el alcalde.
La esposa del edil, la víctima, ya ratificó su denuncia ante la Fiscalía General del Estado.
El Código Penal establece, además, que para efectos del delito de violencia intrafamiliar “se consideran miembros de la familia al cónyuge, a quienes hayan estado unidos en matrimonio, que vivan o hayan vivido en concubinato, parientes consanguíneos en línea recta ascendente o descendente, sin limitación de grado, pariente colateral o consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado, o las personas con quienes mantengan relaciones familiares de hecho. En caso de reincidencia las penas podrán aumentarse hasta en una mitad más”.
Consultados sobre el particular, algunos abogados y especialistas en temas jurídicos, señalaron que de conformidad con las reformas a la Constitución Política del Estado, al alcalde Salvador Bueno se le podría aplicar la ley sin necesidad de esperar que el Congreso del Estado lo desafuere, “pues ya esta figura Constitucional fue derogada”.
De acuerdo con asesores jurídicos del congreso del estado, los alcaldes ya no gozan del fuero constitucional por lo que la Fiscalía General del Estado (FGE) podría proceder contra el alcalde sin necesidad de que sea destituido.