El veto a la ley de movilidad no es válido por ser extemporáneo: Congreso del Estado

Diputadas y diputados del H. Congreso del Estado, sostuvieron una rueda de prensa para dar a conocer e Informar a la ciudadanía que el veto al decreto 79 que envió el titular del Poder Ejecutivo al H. Congreso del Estado relativo a la reforma a la Ley de Movilidad Sustentable, fue entregado de manera extemporánea, por lo tanto, no tiene validez.

El Gobernador del Estado, José Ignacio Peralta Sánchez envió el documento de veto al recinto legislativo el miércoles 5 de junio, rebasando los diez días hábiles que estipula la constitución local, puesto que, en los trámites y procedimientos legislativos, se consideran como días hábiles todos los días de los periodos ordinarios, lo que se encuentra estipulado en el artículo 6 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima. Por tanto, la iniciativa de reforma aprobada el día 22 de mayo, deberá tenerse por promulgada y tendrá que publicarse en el Periódico Oficial del Estado de Colima para que surta los efectos correspondientes.

Cabe mencionar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación respalda esta interpretación, ya que resolvió a favor del Poder Legislativo del Estado de México en un caso idéntico con la Controversia Constitucional 8/2000. En esa determinación se expresó que “si bien queda de manifiesto la facultad de la parte actora (Gobernador) para formular una sola vez, observaciones a las leyes o decretos que expida la Legislatura, dentro del improrrogable término de diez días hábiles, debe considerarse que dicho término se refiere a aquellos días que resultan hábiles en el periodo de sesiones de la Legislatura”.

Este pronunciamiento de la suprema Corte, en términos de lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, al haber sido aprobado por cuando menos 08 votos, constituye jurisprudencia constitucional de carácter obligatorio y, por ende, al ser aplicable analógicamente al caso particular, es la interpretación que debe prevalecer.

Es por ello que, con esta jurisprudencia como base, sería inapropiado y podría considerarse un mero capricho si se interpone una controversia constitucional para este caso por parte del Ejecutivo Estatal, toda vez que la Suprema Corte de Justicia ya ha resuelto en términos muy claros.

Así también, las diputadas y diputados se congratularon porque gracias a esta reforma de ley que se aprobó en el Congreso del Estado, el Poder Ejecutivo hará válido el descuento universal del 50% para estudiantes desde preescolar hasta posgrados, beneficio que se aplicará a partir del 1 de septiembre.

A la rueda de prensa asistieron las y los legisladores Livier Rodríguez Osorio, Araceli García Muro, Claudia Gabriela Aguirre Luna, Vladimir Parra Barragán y Arturo García Arias del Grupo Parlamentario de Morena; Rosalva Farías Larios de Nueva Alianza; Ma. Remedios Olivera Orozco de Movimiento Ciudadano; Francisco Rodríguez García y Fernando Antero Valle del Partido Acción Nacional.