Contralorías municipales son responsables de la entrega recepción de administraciones

=OSAFIG: servidor público que incumpla podrá ser sancionado

=Se prevé desde una amonestación pública; la suspensión del empleo o cargo; la destitución del mismo o hasta la inhabilitación temporal para desempeñar algún cargo público.

Alfredo Quiles Cabrera

La Auditora Superior del Estado, Indira García Pérez, afirmó que todo lo asuntos relacionados con el tema de entrega recepción de las administraciones municipales deben de ser atendidos por las Contralorías Municipales, las cuales contarán con todo el apoyo y respaldo del Órgano Superior de Auditoria y Fiscalización Gubernamental del Estado (OSAFIG).

Entrevistada sobre la queja del alcalde Colima, Leoncio Morán Sánchez, en el sentido de que algunos funcionarios de la administración que presidió Héctor Insúa García, “no se han presentado a realizar la entrega recepción, entre ellos el responsable de la Tesorería Municipal”, Indira García afirmó que la Constitución establece las responsabilidades en que incurren quienes incumplen con este ordenamiento.

Dijo que la OSAFIG durante los actos de Entrega-Recepción de los Ayuntamientos ha cumplido legal y cabalmente con sus responsabilidad, las cuales consiste en suministrar capacitaciones a las partes, aclarar dudas, precisar formalidades y emitir los lineamientos de transmisión del mando de gobierno, en cabal respeto a la autonomía municipal consagrada en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima.

“Nuestra labor como órgano de fiscalización no puede hacer más que lo que la ley nos permite. Ni más, ni menos”, dijo.

Señaló que la OSAFIG estableció los lineamientos de entrega-recepción para la oportuna trasmisión de mando de los gobiernos municipales del Estado de Colima, el cual está contemplado en tres fases: previo de preparación y capacitación; acto de entrega-recepción formal, física y documental; y, posterior, de responsabilidades.

“Nuestra labor ha sido en todo momento de acompañamiento y de constante comunicación con las administraciones entrantes como las salientes en sus tres fases con la finalidad de que se den los cambios de estafeta de manera correcta atendiendo la normativa legal vigente y respaldando a los Órganos Internos de control de cada uno de los municipios.”

Aclaró García Pérez que es importante precisar que “son estos Órganos de Control Interno de los municipios, las Contralorías Municipales, quienes tienen la responsabilidad legal de llevar los trabajos de entrega-recepción y en donde se dirimirán cualquier inconformidad, desacuerdos, omisiones, irregularidades y/o anomalías de cualquiera de las partes involucradas, y que deberán quedar asentadas en las respectivas actas para su revisión, investigación y determinación.

“Por lo tanto si algún funcionario no cumpliera con los lineamientos y normativa vigente en un proceso de entrega-recepción, serán las Contralorías Municipales quienes deberán hacer el procedimiento correspondiente conforme lo marca la Ley general de Responsabilidades Administrativas”.

Apuntó la Auditora Superior del Estado que el caso de que algún órgano interno determine que un funcionario incumplió con el mandato legal que los obliga de realizar la entrega-recepción, el artículo 75 de la citada Ley de Responsabilidades deja muy en claro cuáles son las posibles sanciones a las que puede ser acreedor.

Las sanciones, dijo Indira García, van “desde una amonestación pública; la suspensión del empleo o cargo; la destitución del mismo o hasta la inhabilitación temporal para desempeñar algún cargo público”, concluyó.