Todas las pensiones se calculan en salarios mínimos: Congreso

Todas y cada una de las jubilaciones y pensiones autorizadas por el
Congreso del Estado desde el mes de septiembre de 2016 se calculan en
salarios mínimos, tal y como lo establece la norma aplicable, aseguró
Santiago Chávez Chávez, presidente de la Comisión de Hacienda,
Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos.

El legislador local recordó que desde septiembre del año 2016 él preside
la comisión que dictamina las iniciativas de pensiones y jubilaciones,
cuyo cálculo se ha hecho como lo dispone la fracción IX del artículo 69
de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y
Organismos Descentralizados del Estado de Colima.

Señaló que ese numeral de la Ley de los Trabajadores menciona que en
ningún caso el monto máximo de una pensión será superior al equivalente
a 16 salarios mínimos vigentes por día.

En ese sentido, expuso que a valor del año 2018, el salario mínimo
vigente es de 88.36 pesos, equivalente a 42 mil 412 pesos con 80
centavos al mes, “es decir, el tope máximo de jubilaciones para los
trabajadores al servicio del Estado y del magisterio es de 42 mil 412
pesos”.

Respecto a las jubilaciones de jueces y  magistrados del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado, Chávez Chávez señaló que existe
jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a
la irreductibilidad de los salarios de magistrados y jueces locales.

Explicó que esa jurisprudencia garantiza el principio de
irreductibilidad salarial para los funcionarios judiciales, aún en el
otorgamiento de sus pensiones.

“Cuando las pensiones se calculan a partir de las remuneraciones
vigentes para los funcionarios del poder judicial en activo, la
irreductibilidad beneficiará indirectamente a los titulares en situación
de retiro”, abundó Santiago Chávez, al citar la controversia
constitucional promovida por el Poder Judicial de Zacatecas.

“Podemos estar en desacuerdo con el hecho de que la irreductibilidad
salarial aplique en el otorgamiento de las pensiones y jubilaciones para
jueces y magistrados; sin embargo, las jurisprudencias son de
observancia obligatoria y como autoridad tenemos la obligación de
conducirnos bajo el principio de legalidad en todas nuestras
actuaciones”, finalizó Chávez Chávez.