Ciudad de México. La Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Civil Federal con objeto de enfrentar el llamado ciberbullying. Se pretende que en la reparación del daño moral se considere el hecho ilícito de aquel que comunique, a través de cualquier medio tradicional o electrónico, un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causar deshonra, descrédito, perjuicio o exponer al desprecio de alguien.
Las modificaciones se aplicaron a la fracción 1 del artículo 1916 del citado código, avaladas con 386 votos a favor.
La reforma establece que la libertad de expresión debe privilegiarse respecto de otros derechos, sin embargo al igual que todo derecho, este no es de carácter absoluto, sino encuentra su límite en el derecho al honor y a la imagen.
Precisamente en el derecho a la imagen se haya indisolublemente ligado el de la individualidad de la persona, y de ahí deriva la dignidad de las personas.