🔶El viernes 13 de marzo la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, promulgó en el DOF, la reforma a los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, y a partir del 14 de marzo se perseguirá de oficio
🔶Uno de los compromisos del Segundo Piso de la Transformación es, construir un nuevo país donde las mujeres se sientan seguras y puedan desarrollarse personal y profesionalmente
La secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández Mora, celebró la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del decreto de reforma al Código Penal para la ampliación y homologación del delito de abuso sexual, aprobada por el legislativo federal.
Recordó que uno de los compromisos del Segundo Piso de la Transformación es construir un nuevo país donde las mujeres se sientan seguras y puedan desarrollarse personal y profesionalmente.
La publicación de la reforma es resultado del trabajo hecho desde la Presidencia de la República, la Secretaría de las Mujeres, las cámaras de Diputados, Senadores y congresos locales, a través del Pacto de Xicoténcatl, firmado en noviembre de 2025, como una acción decidida de combate a la violencia sexual a la que se enfrentan las mujeres todos los días en sus hogares, centros de trabajo, transporte y espacio público.
Hernández Mora explicó que en los 32 estados de la República Mexicana ya se presentó la iniciativa para que en los códigos penales de sus entidades federativas se amplie la definición del delito de abuso sexual, establecer con mayor claridad los criterios de consentimiento y reforzar las sanciones contra los agresores.
Por lo que hasta el 10 de marzo de 2026, 15 estados ya han hecho la promulgación correspondiente, después de su discusión y aprobación de la misma en pleno, mientras que en los restantes se encuentra aprobada en comisiones, y a la brevedad presentarán el dictamen ante sus congresos.
El documento promulgado por la Presidenta, Claudia Sheinbaum Pardo reforma los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, y a partir del 14 de marzo se perseguirá de oficio.
Entre los cambios se establece que el consentimiento no puede presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física, además de señalar que éste no existe cuando la voluntad de la víctima haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, autoridad o situaciones de vulnerabilidad.
Las penas previstas para este delito se mantienen – de tres a siete años de prisión-, además de una multa de 200 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), entre otras sanciones.
La Secretaría de las Mujeres reiteró su compromiso con las mujeres, y continuará con políticas que ayuden en la erradicación de la violencia hacia este sector de la población y la igualdad sustantiva sea una realidad en México.













