El Dr. Víctor Torres López, abogado colimense, señaló que Independientemente de la situación detrás de la concepción de un hijo: si fue concebido por amor, por accidente, dentro, fuera del matrimonio, al entablar un concubinato o cualquier otra situación, los hijos tienen el derecho por ley a ser reconocidos y gozar de los beneficios que deben proveer los progenitores.
Torres López, mencionó que el reconocimiento de paternidad puede ser voluntario o por declaración judicial.
Sin embargo, de no llevarse el reconocimiento voluntario, y el padre se niegue al reconocimiento de paternidad, la ley permite establecer el reconocimiento por declaración judicial.
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Dr. Víctor Torres López