La Guía está dirigida a los creadores de contenido de plataformas digitales y redes sociales, con el fin de que cumplan con la Ley y las normas relativas a la publicidad.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) emitió una guía con recomendaciones dirigidas a los creadores de contenidos en plataformas digitales y redes sociales, con el fin de que identifiquen la publicidad en sus contenidos como tal, y de esta manera cumplan con la Ley Federal de Protección al Consumidor y otras normas.
La Guía de Publicidad para Influencers es resultado de un análisis jurídico y comparativo internacional en materia de protección al consumidor, a propuesta del Consejo Consultivo del Consumo de esta Procuraduría; y es el primer material educativo en materia de publicidad dirigido a este sector de la economía digital en México.
Actualmente, los influencers y creadores de contenido interactúan frecuentemente con la población consumidora en el país, particularmente con las y los jóvenes; promueven bienes, productos o servicios a través de las plataformas digitales y redes sociales, y en muchas ocasiones la información que comparten puede ser publicidad pagada, y al no identificarla como tal, engañan o inducen al error a su público.
Algunas de las recomendaciones a los influencers son:
- Colocar la información que identifique la publicidad en un lugar visible y disponible en todo momento.
- No poner la información acompañada de diversos hashtags o enlaces que dificulten o confundan; distinguir que se trata de publicidad.
- En caso de imágenes o videos, incluir la referencia a publicidad de tal manera que permita su lectura y apreciación durante toda su duración.
- Utilizar referencias fáciles de entender, tales como: #Publicidad, #PublicidadPagada, #Patrocinio, #OpinionesPersonales. Si su contenido se comparte en audio (podcast u otros) mencione expresamente que se trata de publicidad.
- Revisar los sitios electrónicos de la marca, el producto o el servicio para comprobar que es seguro y que cumple con las normas, y si es posible comparta la fuente donde pueda verificarse la información.
- Procurar que su opinión se limite a su experiencia con el bien, producto o servicio. Es válido que también opine si su experiencia no fue buena.
Esta Guía, publicada en el Diario Oficial de la Federación del lunes 21 de agosto, se encuentra disponible en las siguientes direcciones electrónicas: