El Director General del Corporativo Legal V & M Consultores, Mtro. Víctor Torres López, señaló que el juicio de liquidación de la sociedad conyugal aplica para los cónyuges que desean liquidar la sociedad conyugal, es decir la liquidación de los bienes que hayan tenido durante el matrimonio.
Torres, Señaló que generalmente por bienes muebles entendemos aquellos bienes como son: Vehículos, objetos, mensaje del hogar y por bienes muebles: Las casas habitación en donde tuvo origen el matrimonio, entre algunas otras propiedades que se hayan adquirido durante el matrimonio.
Víctor Torres, enfatizó que al tramitar el divorcio se establece una propuesta en donde viene señalado las clausulas de patria potestad, pensión alimenticia, conviencia eso en caso de hijos y también la parte de la liquidación de la sociedad conyugal, que generalmente la ley concede el 50% de cada uno de los bienes para cada uno de los cónyuges.
Más información WhatsApp 3121431332