Es necesario hacer una reclasificación en cuanto a las tarifas de agua potable en las colonias de la zona conurbada Colima-Villa de Álvarez, propuso el diputado Riult Rivera en el pleno del H. Congreso del Estado, quien expresó que esta iniciativa es derivada de las exigencias que la población le ha manifestado en su andar por las colonias de estos municipios.
La propuesta de reforma y adición de diversas disposiciones de la Ley de Aguas para el Estado de Colima y de la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de los Municipios de Colima y Villa de Álvarez, en el Estado de Colima, contempla lograr un equilibrio y llevar a un plano de igualdad y equidad el cobro de los servicios que pagan los contribuyentes de dichos municipios, previo a realizar una evaluación del nivel de vida y construcciones de cada colonia en particular.
Rivera Gutiérrez expresó que dado el crecimiento acelerado de la mancha urbana, es necesario tener cuotas y tarifas que reflejen con certeza la realidad socioeconómica y de capacidad de pago de los habitantes de la zona conurbada donde opera la CIAPACOV, “es por eso que las demandas ciudadanas de cobro excesivo por estos servicios, hacen necesaria una revisión de la clasificación de colonias, barrios y comunidades, que sea un ejercicio objetivo, apegado a la legislación vigente y a la realidad que vive la población”.
El legislador manifestó que actualmente existe un mecanismo en la legislación que permite a los usuarios solicitar la reclasificación de su propiedad en lo que se refiere a las cuotas y tarifas, por lo que propuso que la población deba ser adecuadamente informada por la CIAPACOV, organismo al que se obliga a colocar en todas sus oficinas carteles junto al área de cobro mediante los que se informe de este derecho, así como disponer de personal capacitado para orientar al usuario sobre dicho beneficio.
Finalmente, el diputado Riult Rivera informó que la propuesta incluye que cada dos años los organismos operadores de agua de los 10 municipios del Estado puedan elaborar cada dos años los estudios tendientes de acuerdo a la necesidad de actualizar las tarifas y cuotas para el pago de los derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento previo a formular la solicitud debidamente justificada al Ayuntamiento respectivo, para que éste, de considerarlo pertinente, elabore y envíe la iniciativa al Congreso del Estado.