El silencio y la censura han sido el principal enemigo en México, la restricción es un factor cada vez más común, no por nada en el Informe de la Organización Reporters Without Borders posicionan a México en una situación difícil para ejercer la libertad de Expresión[1], Pero ¿que genera que haya represalias contra los agentes de comunicación? La respuesta se encuentra cuando volteamos atrás y nos damos cuenta que la libertad de expresión no es la primera vez que sirve de herramienta para situarse y manifestarse ante agentes opresivos y déspotas del PODER, la libertad de expresión ha sido a la vez una herramienta que ha favorecido la resolución de conflictos [2] por lo tanto esta será siempre un elemento que haga estremecer las bases de cualquiera.
Hablar de defender la libertad de expresión, no es la primera vez que se busca hacer, antiguos filósofos ya habían considerado al dotar a la libertad de expresión como un elemento innato, universal y humano por el cual se consolidaba como un Derecho lo que convertía a la Libertad de Expresión parte de la universalidad de Derechos Humanos que por el simple hecho de ser personas se nos confiere[3] , ya Rousseau lo mencionaba “…Renunciar a tu libertad es renunciar a tu condición de hombre, a los derechos de la humanidad y sus deberes”[4].
Tal ha sido la importancia de la Libertad de Expresión que la UNESCO le proporciona la categoría de Derecho Humano FUNDAMENTAL, lo que le ha brindado un día Mundial para su celebración dentro de las Actividades del Día Mundial de la Libertad de Prensa, pero que importancia sigue habiendo aquí para hablar sobre esto, tan fácil que para vivir en un Estado Democrático de Derecho es necesario un elemento que desarrolle el dialogo lo que permite la discusión y la participación de los miembros de una sociedad, siendo esto crítico para la construcción de una ciudadanía. [5]
Ahora es necesario analizar lo siguiente si decimos que la libertad de Expresión es un medio para la construcción de un Estado de Derecho entonces preguntaría es ¿En México existe un Estado de Derecho? ahora bien, si la libertad de expresión es una característica y humana y como humanos somos parte de una Estructura Política y Social con todo lo que esto implica vuelvo a preguntar ¿Quién es el encargado de salvaguardar los derechos de los Mexicanos y los Derechos Humanos que ya se nos ha conferido?, para empezar a analizar la primera pregunta respondería con otra, ¿Que es un Estado de Derecho? El autor del Libro Curso de Derecho Político de Pablo Lucas Verdú define que: “Todo Estado de Derecho debe contar al menos con los siguientes elementos: Primacía de la Ley; Sistema jurídico de normas; Legalidad en los actos administración, separación de Poderes, Protección y garantía de los Derechos Humanos, y Examen de constitucionalidad de las Leyes”[6]. Esto pareciera que no y más si le damos una hojeada al informe de la “Situación de derechos humanos en México”[7] (esto sin desmeritar las reformas realizadas en materia de Derechos Humanos en 2011 a partir del Caso Radilla Pacheco[8] el cual da pie a la reforma constitucional en materia de Derechos Humanos y vuelve inevitablemente efectivo su cumplimiento, de tal manera que el informe responsabiliza a actuar al Estado Mexicano ante la grave crisis de derechos humanos que atraviesa ante la situación de asesinatos, violencia y amenazas contra periodistas, que ha hecho que México sea considerado como uno de los países más peligrosos del mundo para ejercer el periodismo.) Sin embargo el Estado Mexicano cumple constitucionalmente con las características de un Estado de Derecho[9][10][11][12]. Entonces teóricamente se encuentra pero operacionalmente no lo vemos ya que en el último Comunicado de Prensa R134/16 del 21 de septiembre de 2016 la Corte Interamericana de Derechos Humanos condena el asesinato de los periodistas Agustín Pavía Pavía y Aurelio Cabrera Campos “…Donde insta a las autoridades mexicanas a actuar de manera pronta y oportuna para investigar, identificar y sancionar a los responsables, tanto materiales como intelectuales”, he aquí la respuesta de la pregunta ¿Quién es el encargado de salvaguardar los derechos de los Mexicanos y los Derechos Humanos que ya se nos ha conferido? El Poder Judicial seria quien se encargaría ya que este contribuirá con las instancias que integran el sistema de seguridad pública como se comenta en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública Y así sus agentes inmersos en las instituciones de Seguridad Pública las que ejecuten las acciones a implementar para salvaguardar las garantías de los ciudadanos.
Así mismo no es la primera vez que se presenta esta situación de ejecuciones a periodistas en México, en el mismo comunicado se señala lo siguiente, “…Suman nueve los asesinatos de periodistas ocurridos en México el Año 2016 de los cuales la Relatoría tiene conocimiento: el 21 de enero fue asesinado Marcos Hernández Bautista en la localidad de San Andrés Huaxpaltepec, estado de Oaxaca; el 9 de febrero Anabel Flores Salazar fue hallada muerta en el estado de Puebla; el 20 de febrero fue encontrado sin vida el cuerpo de Moisés Dagdug Lutzow en el estado de Tabasco; el 25 de abril fue asesinado Francisco Pacheco Beltrán en Taxco, estado de Guerrero, el 14 de mayo fue asesinado Manuel Torres González en Poza Rica, estado de Veracruz; el 19 de junio fue asesinado Elpidio Ramos Zárate en Juchitán de Zaragoza, estado de Oaxaca y el 20 de julio fue asesinado Pedro Tamayo Rosas en Tierra Blanca, Veracruz. La Relatoría Especial expresa su profunda preocupación por el aumento de la violencia contra periodistas en México que se expresa en el incremento de la cifra de periodistas asesinados en relación con años anteriores, cuyas muertes podrían estar vinculadas al ejercicio de la profesión.”[13] Así mismo el Día 18 de Marzo del 2017 Aristegui en su noticiero menciona que hasta la fecha van 5 periodistas asesinados en este año.
El no cumplir con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y los Mecanismo de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas aprobado en 2012 se estaría VIOLANDO principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH que señala: “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión.
Por lo tanto se EXIGE al Estado Mexicano reconocer su obligación y deber de prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada,[14]ya que si no se hace lo anterior se estarían violando las ratificaciones acordadas por el Estado Mexicano.
Por lo que podemos encontrar el principio de legalidad en el Estado Mexicano en la interpretación conjunta del segundo párrafo del artículo 14 de la Constitución mexicana: “Nadie podrá ser privado de la vida, de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales de procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho” y en el primer párrafo del artículo 16 de la misma Constitución: “Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles, o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento”.