El Director General del Corporativo Legal V & M Consultores, Mtro. Víctor Torres López, mencionó La Primera Sala de la SCJN, por conducto del ministro Ortiz Mena, propone que el incumplimiento de dar alimentos ya no sea delito. En este caso se analiza el artículo 193 del Código Penal capitalino.
Torres López, enfatizó que entre otras cosas, se señala que el derecho penal se debe usar como ultima ratio. Asimismo, se precisa que el Estado puede utilizar otras medidas menos severas para garantizar el cumplimiento de dar alimentos.
cuando el legislador secundario introduce como supuestos punibles el incumplimiento de las obligaciones alimentarias y trata de estimular su cumplimiento recurriendo a una pena privativa de la libertad, utiliza de manera inadecuada y desproporcional el poder coactivo del Estado, vulnera el principio de ultima ratio del derecho penal que debe regir en los estados democráticos y contraría el artículo 22 constitucional que justo exige la sujeción de las normas penales a los principios de lesividad y proporcionalidad”, se propone.
Víctor Torres, sentenció que lo que busca la SCJN es declarar la inconstitucionalidad del artículo 193 del Código Penal del Distrito Federal –hoy Ciudad de México– en su totalidad, toda vez que no bastaría con suprimir la pena de prisión para que la norma tuviera una configuración coherente.
Finalmente, se propone otorgar el amparo de manera lisa y llana y absolver al padre que dejó de cumplir con sus obligaciones alimentarias. El proyecto está listado para discutirse el próximo 23 de marzo.