Dentro de las consideraciones, destaca también que en materia del ejercicio del gasto público para comunicación social, los entes públicos deberán observar “la objetividad e imparcialidad, que implica que la comunicación social en los procesos electorales no debe estar dirigida a influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos, precandidatos y candidatos”.
Estipula que las campañas de comunicación social no se podrán difundir en caso que “tengan por finalidad destacar, de manera personalizada, nombres, imágenes, voces o símbolos de cualquier servidor público”.