*En 2019, la Secretaría de Relaciones Exteriores atendió 443 solicitudes de pensión alimenticia, de las cuales, el 92 por ciento fueron hechas por mujeres: Bárbara Mancera.
De acuerdo con la profesora Bárbara Mancera Amezcua, de la Universidad de Colima, quienes pueden solicitar pensión internacional alimentaria son “la mamá, el papá, los tutores o custodios; no tienen que acreditar la custodia ni necesitan una resolución judicial, lo único que tienen que acreditar es el nexo filial entre deudor o deudores”.
Bárbara Mancera impartió la conferencia “Pensión alimenticia internacional” como parte de las conferencias virtuales que organiza la Facultad de derecho de la Universidad de Colima. En ella, dijo que “la mayoría de países democráticos ha reconocido que la familia, independientemente de cómo se configure o quiénes la integren, es el primer espacio en que los niños y niñas construyen sus habilidades, personalidad, talento y proyección de vida”.
Por ese motivo, explicó, tanto organismos internacionales como las autoridades de nuestro país se han interesado en legislar sobre tres temas principales relacionados con la familia: “el estilo de crianza, un espacio digno de vivienda y la alimentación”. Sobre el estilo de crianza, dijo que la Convención sobre los Derechos del Niño, en su artículo 18, señala que la crianza y el desarrollo del menor corresponden a la madre y el padre, tomando siempre en cuenta el interés del menor, no el interés de los tiempos y agendas del papá o la mamá.
Sobre el espacio digno de vivienda para la infancia, éste debe ser habitable, proteger al niño del frío, humedad, calor, lluvia, viento y otras amenazas. El tercer tema tiene que ver no sólo con la buena alimentación, sino también con el calzado, ropa, las actividades recreativas, atención médica, educación, útiles escolares, uniforme y transporte.
Agregó que dicha Convención sobre los Derechos del Niño establece que el Estado tienen la obligación de garantizar el pago de la pensión alimenticia, lo cual no significa que ésta la deban proveer las instituciones, autoridades o el mismo Estado; “significa que mamá y papá son los principales responsables, pero el Estado tiene que generar las condiciones, el contexto, las leyes y mecanismos que faciliten y propicien el cumplimiento de la pensión alimenticia”.
Recordó que, en el marco jurídico de México, lo relativo a la pensión alimenticia determina quién tiene derecho a recibirla y quién obligación de entregarla, a cuánto ascenderá el monto, qué es suficiente o insuficiente y cómo se garantizará, todo lo cual lo determinan las legislaciones estatales, pues cada cuerpo legislativo a lo largo de la república establece sus propias legislaciones.
En lo internacional, explicó que México forma parte de dos convenciones relativas a la obtención de la pensión alimenticia: la Convención de la ONU y la Interamericana, y dijo que la pensión alimenticia internacional no sólo es para las y los menores, sino también entre cónyuges.
Para el cobro de la pensión alimenticia internacional, continuó, “la convención de la ONU establece como punto de conexión para determinar la autoridad competente, el lugar donde se encuentre el acreedor y el lugar donde se encuentre el demandado; es decir, el menor o cónyuge mexicano acudirá ante una autoridad mexicana y ésta remitirá el caso a la autoridad donde se encuentre el deudor”.
Para solicitar la pensión alimenticia ante la Comisión Interamericana, se realiza una cooperación procesal internacional. Una vez que la autoridad extranjera recibe tal solicitud cita a la parte deudora para que voluntariamente pague su obligación y si no lo hace, tiene todas las facultades para hacerlo cumplir.
En el caso de México, la autoridad intermediaria es la Secretaría de Relaciones Exteriores: “El flujo migratorio que existe de México hacia Estados Unidos ha generado la solicitud de pensión alimenticia, por lo que existe entre estos dos países un programa especial para el cobro de pensiones que sólo aplica a menores de edad”, precisó.
La situación actual, comentó para finalizar, es que de acuerdo con la Plataforma Nacional de Transparencia, en 2019 “la Secretaría de Relaciones Exteriores atendió 443 solicitudes de pensión alimenticia; es decir, más de una diaria, de las cuales el 92 por ciento fueron hechas por mujeres”.