- Rogelio Rueda recordó dos casos lamentables ocurridos en Manzanillo
Con el respaldo de sus homólogas Lizet Rodríguez Soriano y Malú Berver Corona, el Diputado Rogelio Rueda Sánchez presentó al Pleno del Congreso del Estado de Colima una iniciativa para adicionar la Ley del Municipio Libre y la Ley de Protección Civil de la entidad, a fin de evitar que los ayuntamientos autoricen licencias para venta o distribución de productos explosivos, inflamables o pirotécnicos, que pudieran derivar en accidentes de fatales consecuencias.
En tribuna, el coordinador del Grupo Parlamentario del PRI expuso que con motivo de la temporada decembrina es común festejar las celebraciones navideñas o de fin de año con juegos pirotécnicos por parte de niños, jóvenes y adultos, muchas veces sin tomar precauciones y poniendo en riesgo su integridad y la de terceros, e incluso los bienes patrimoniales.
Añadió que la población más vulnerable y expuesta a sufrir quemaduras por fuegos artificiales son las niñas, niños y jóvenes, debido a la poca vigilancia de adultos. Según el IMSS, una de las principales demandas de atención en urgencias esta temporada, son las quemaduras por cohetes y generalmente los más afectados los menores de edad de entre 5 y 14 años de edad.
Rogelio Rueda puso de ejemplo dos casos, ambos en el municipio de Manzanillo: el primero el 9 de diciembre de 2017 al incendiarse un puesto de cohetitos en el libramiento de El Colomo; y el segundo el 26 de diciembre de 2017, al explotarle un cohete a un joven en sus manos.
La adición del artículo 133 Bis de la Ley de Protección Civil señala que: los ayuntamientos, bajo su más estricta responsabilidad, no podrán autorizar licencia para venta o distribución de cualquier producto explosivo, inflamables y/o juegos pirotécnicos en locales o puestos de mercados, tianguis, vías o espacios públicos.
Las Unidades Municipales de Protección Civil en el ámbito de su competencia, realizarán visitas de inspección en lugares permitidos en los que se solicite autorización de los ayuntamientos para dicha venta o distribución. La opinión técnica de las UMPC, para la autorización o refrendo.
En inmuebles o espacios cerrados destinados a la prestación de servicios o para actividades de entretenimiento, diversión o esparcimiento, quedará estrictamente prohibido la ejecución de actos que pongan en peligro a los asistentes, especialmente lo que implique el uso de explosivos, inflamables o juegos pirotécnicos.
La adición de un párrafo al artículo 45 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, establece que “bajo su más estricta responsabilidad, no podrán autorizar licencias para venta o distribución de cualquier producto explosivo, inflamable y o juegos pirotécnicos en locales o puestos de mercados, tianguis o vía pública. El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.
El legislador manzanillense destacó que la venta, compra y uso irresponsable de la pirotecnia ha generado daños irreversibles al medio ambiente, como señaló la Semarnat, al declarar que la mezcla de los componentes que integran la pirotecnia liberan monóxido de carbono y partículas suspendidas.
Lo anterior, junto con las emisiones del transporte, fábricas, fogatas, calentones y quema de llantas o basura, genera (sobre todos los días 12 y 25 de diciembre, así como 1 y 6 de enero) una alta densidad de contaminación, escasa visibilidad y sensación de neblina.
Dijo que el uso no controlado de la pirotecnia, causa daños a la salud y en ocasiones al erario público, pues se destinan recursos humanos y económicos para combatir los incendios que éstos pueden causar, concluyó el diputado priísta Rogelio Rueda Sánchez.