Este jueves en Sesión Ordinaria, el diputado Armando Reyna Magaña, coordinador de la Bancada de la Esperanza, presentó la iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto para reformar el Código Penal para el Estado de Colima, para que “quien cometa actos de maltrato o crueldad injustificados en contra de cualquier especie animal no humana, en términos de lo dispuesto por la Ley para la Protección a los Animales del Estado de Colima y la Ley para la Protección y Bienestar de los Animales de Compañía del Estado de Colima, causándole lesiones de cualquier tipo sin que pongan en peligro la vida del animal, se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cincuenta a cien unidades de medida y actualización”.
Esta iniciativa suscrita por Reyna Magaña y todas y todos los integrantes del Grupo Parlamentario de Morena: Alfredo Álvarez Ramírez, Sonia Hernández Cayetano, Francisco Rubén Romo Ochoa, Ana Karen Hernández Aceves, Isamar Ramírez Rodríguez, Andrea Naranjo Alcaraz, Yommira Jockimber Carrillo Barreto, Julio César Cano Farías, Glenda Yazmín Ochoa, Kathia Zared Castillo Hernández, David Lorenzo Grajales Pérez, se busca que “si las lesiones ponen en peligro la vida del animal no humano, se aumentará en una mitad la pena señalada en el párrafo anterior. Si las lesiones le causan la muerte al animal no humano, se impondrá de dos a cuatro años de prisión y multa de doscientas a cuatrocientas unidades de medida y actualización”.
En su propuesta se expone que “es necesario y urgente legislar para evitar abusos contra ellos, pues a pesar del elevado índice de maltrato y conductas antiéticas contra los animales, apenas se empieza a dar seriedad y la importancia que merecen estos actos”.
Esta iniciativa refiere que, “en caso de que las lesiones o muerte injustificada del animal no humano, sean provocadas por médico veterinario o persona relacionada con el cuidado, resguardo o comercio de animales, además de la pena de prisión se inhabilitará por un lapso de seis meses a tres años, del empleo, cargo, profesión, oficio, autorización, licencia, comercio, o cualquier circunstancia bajo la cual hubiese cometido el delito y, en caso de reincidencia, se impondrá la privación de derechos”.
También contempla que cuando “las lesiones o muerte del animal no humano, se causen con la finalidad de evitar un mal igual o mayor a una persona o animal no humano, no se aplicará sanción alguna siempre y cuando se justifique el hecho, sean racionales los medios de defensa que se utilizaron durante el acontecimiento y no existieran otras formas de salvaguardar la integridad de la persona o animal en peligro”.
En esta iniciativa se propone modificar la Sección Quinta del Código Penal para el Estado de Colima denominada “DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, VIDA, INTEGRIDAD Y DIGNIDAD DE LOS ANIMALES DOMÉSTICOS” para que pase a ser “DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, VIDA, INTEGRIDAD Y DIGNIDAD DE LOS ANIMALES NO HUMANOS”.
Finalmente, Reyna Magaña explica que esta iniciativa es derivada de “diversas reuniones con organizaciones y grupos de personas de protección animal de nuestra entidad, por lo que se propone una reforma a nuestro Código Penal, con el fin de adecuar sus tipos penales, que verdaderamente atiendan a la necesidad y problemática actual”.