* PLENO DE INFOCOL, CONFIRMA RESPUESTA DEL AYUNTAMIENTO DE COLIMA; LOS PILARES DEL ÓRGANO GARANTE COLIMENSE ES PROTEGER LOS DATOS PARTICULARES DE LAS PERSONAS.
Durante la Décimo Segunda Sesión Ordinaria de Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima (Infocol), celebrada el 25 de noviembre, se sometieron a discusión, análisis y en su caso, aprobación, un total de 43 ponencias interpuestas ante este órgano garante por particulares en contra instituciones públicas, motivadas por inconformidad a la respuesta o por falta de la misma de las solicitudes de información que les fue formulada, y 2 acuerdos del pleno.
De las 43 ponencias presentadas todas fueron recursos de revisión; 42 se realizaron por la vía de la PNT y una electrónica
Del total de estas ponencias, 32 se resolvieron a favor del recurrente y se ordena a las instituciones la entrega de la información a los mismos.
De todas las ponencias incluidas en la orden del día, 26 fueron expuestas por el comisionado presidente Francisco José Yáñez Centeno y Arvizu, 17 por la secretaria de administración en funciones de comisionada Nora Hilda Chávez Ponce, y 7 por el secretario de acuerdos en funciones de comisionado César Margarito Alcantar García
De estos, 6 son en contra de la Fiscalía General del Estado de Colima; con 4 la Secretaría de Educación y Cultura; la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración; con 3 la Oficina de la Gubernatura, Ayuntamiento de Cuauhtémoc; con 2, el Instituto Electoral del Estado (IEE); la Contraloría General del Estado; el Ayuntamiento de Manzanillo; el Ayuntamiento de Coquimatlán; el Ayuntamiento de Ixtlahuacán y la Comisión Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado de Colima y Villa de Álvarez (CIAPACOV).
Y con un recurso están los sujetos obligados, la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Colima; la Secretaría de Bienestar, Inclusión Social y Mujeres; el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Colima (CONALEP); la Coordinación de Servicios Educativos del Estado de Colima; el Poder Judicial del Estado; el Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima; el Ayuntamiento de Colima; el Secretariado Ejecutivo del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Colima; el Partido Acción Nacional; la Unidad Estatal de Protección Civil; la Secretaría de Desarrollo Social; el Instituto para el Registro del Territorio del Estado de Colima; el Ayuntamiento de Comala; la Comisión Estatal del Agua de Colima (CEAC)); el Supremo Tribunal de Justicia del Estado; los Servicios de Salud del Estado (SEE); el Instituto para la Atención de los Adultos Mayores y el Instituto de las Mujeres para el Municipio de Colima.
De los recursos de revisión que tuvieron mayor interés fueron:
Un particular solicitó a la Fiscalía General del Estado de Colima, copia de nóminas de enero, al día de la fecha de respuesta de este 2022 de un trabajador que labora en dicha fiscalía; el sujeto obligado hace entrega de una reserva de la información situación que no satisfizo al recurrente; el pleno revoca la respuesta de la fiscalía y ordena que haga entrega de los recibos de nómina en versión publica de acuerdo con los lineamientos, ya que como se mencionó antes es información de pública de oficio de acuerdo con el artículo 29, fracción VIII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima.
Otro recurso que cobró relevancia fue en contra del Ayuntamiento de Colima, en este, un particular solicitó el nombre de todos y cada uno de los presidentes del comité de barrio que fueron elegidos en este año, así como su domicilio de integrantes de la planilla ganadora.
El sujeto obligado, proporcionó toda la información solicitada, reservando el domicilio particular de los integrantes del comité de barrio, por lo que el pleno confirmó la respuesta del ayuntamiento.
Cabe destacar que uno de los pilares del Infocol es proteger los datos particulares de las personas; en ese entendido, el divulgar el domicilio particular de alguna persona sin su consentimiento podría poner en riesgo la vida privada de las personas.
Para este caso en concreto, se necesita la autorización expresa del particular para poder proporcionar su domicilio particular.
Por último, se destacó un tercer recurso en el cual, un recurrente solicitó a la Fiscalía General del Estado de Colima, recibos de nómina de un trabajador que labora en dicha dependencia; el pleno del Infocol revoca la respuesta dada por el sujeto obligado y ordena hacer entregar la información en versión pública, testando únicamente aquellos datos confidenciales del servidor público y que, por ende, poner en riesgo la vida privada de las personas; esto, en virtud de que la Fiscalía alega que los recibos de nómina consisten en ser datos reservados, contraviniendo el artículo 29 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima.
En la misma sesión se aprobaron dos acuerdos de pleno el primero referente al dictamen de verificación diagnóstica concerniente a la publicación de información fundamental de los organismos constitucionalmente autónomos, respecto al primer y segundo trimestre 2022 de la plataforma nacional de transparencia y sitio web.
El segundo acuerdo fue sobre el dictamen de verificación diagnóstica concerniente a la publicación de información fundamental de los organismos desconcentrados, respecto al primer y segundo trimestre 2022 de la plataforma nacional de transparencia y sitio web.