+ Simplificará y ayudará a la población a la correcta aplicación de las medidas de prevención y protección que le corresponde a cada uno de los semáforos epidemiológicos.
El Gobierno del Estado de Colima dio a conocer que el 2 de febrero del presente año, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado el “Acuerdo por el que se unifican los diversos acuerdos de medidas de mitigación de la enfermedad Covid-19 y semáforo epidemiológico estatal en la nueva normalidad en el Estado de Colima.”
Dicho acuerdo tiene el objetivo de unificar los diversos acuerdos aplicables en torno a la pandemia generada por el virus de SARS-CoV-2 publicados con anterioridad; lo cual simplificará y ayudará a la población a la correcta aplicación de las medidas de prevención y protección que le corresponde a cada uno de los semáforos epidemiológicos.
Además, se establece que la educación es una actividad esencial para el correcto desarrollo de la niñez y las juventudes, por lo que esta no se sujetará a cierres de acuerdo con nivel de riesgo epidémico, sino que se llevará a cabo de acuerdo a lo establecido en la “Guía para el regreso responsable y ordenado a las escuelas”, publicada en los sitios oficiales de la Secretaría de Educación Pública y en coronavirus.gob.mx.
Actualmente, el estado se encuentra en riesgo alto (Naranja), por lo que es necesario fortalecer las medidas de mitigación sanitarias, de ahí que, los responsables de establecimientos con actividades esenciales y no esenciales, deben cumplir con las instrucciones de las autoridades sanitarias competentes en la materia, con el fin de reducir la duración, frecuencia e intensidad de la exposición al riesgo y evitar así la propagación de la enfermedad y sus consecuencias.
Por lo anterior, durante semáforo naranja todos los negocios que se encuentran considerados como esenciales y no esenciales incluido el ambulantaje, podrán operar temporalmente de lunes a domingo de las 05:00 a las 00:00 horas, con un aforo máximo del 45%, siempre y cuando realicen previamente su registro en el SIREC y den estricto cumplimiento a los Protocolos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral.
Para los gimnasios y similares, será obligatorio el uso correcto de cubrebocas (cubriendo nariz y boca) por usuarios y trabajadores durante todo el tiempo que se permanezca en el establecimiento, incluida la realización de las actividades físicas.
Es importante hacer hincapié que las actividades culturales, las deportivas particularmente los eventos de ligas deportivas, deportes de equipo y deportes de contacto, los establecimientos como bares, salones de fiesta y la realización de eventos masivos, incluidas peleas de gallos, jaripeos, fiestas patronales, deberán contar con un documento de aprobación del Protocolo de Seguridad emitido por el Grupo Técnico COVID-19, integrado por la Secretaría General de Gobierno, la Comisión Estatal contra Riesgos Sanitarios (Coespris) y la Unidad Estatal de Protección Civil.