IEE Colima aprueba Reglamento de Candidaturas Independientes para la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos del PEL 2020-2021

El Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) aprobó este lunes 26 de octubre, durante la Segunda Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local (PEL) 2020-2021; el Reglamento de Candidaturas Independientes, junto con la Convocatoria correspondiente.

En tal sentido, la ciudadanía interesada en participar por esta figura deberá consultar los documentos que establecen el proceso de selección de Candidaturas Independientes que aspiran a los cargos de la gubernatura del estado, diputaciones por mayoría relativa e integrantes de los diez ayuntamientos de la entidad, los cuales estarán a disposición de la sociedad en general a partir de este martes 27 de octubre en la página web y redes sociales del instituto.

La etapa de obtención del respaldo ciudadano iniciará para el cargo de la gubernatura del estado, el día 10 de diciembre de 2020, y concluirá a más tardar el día 08 de enero de 2021. En el caso de los cargos de diputaciones de mayoría relativa e integrantes de los ayuntamientos, iniciará el 20 de diciembre de 2020 y concluirá también a más tardar el día 08 de enero del próximo año.

Para llevar a cabo lo anterior, las y los ciudadanos interesados podrán utilizar la Aplicación Móvil o el Formato de Manifestación de Respaldo Ciudadano. Además, deberán observar los lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en las postulaciones de candidaturas.

Todas y todos los aspirantes registrados a un mismo cargo de elección popular, solamente tendrá derecho a registrarse como candidata o candidato independiente aquel que de manera individual, por fórmula o planilla, según sea el caso; haya obtenido la mayoría de las manifestaciones de apoyo válidas, siempre y cuando dicho apoyo sea igual o mayor del 3% del último corte de la Lista Nominal de Electores emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), de la demarcación territorial de la elección que corresponda.

Para efectos de mayor certeza en la ciudadanía, se presentan a continuación las cantidades que corresponden al referido porcentaje, con un corte de la lista en mención, al día 30 de septiembre de 2020, siendo estás las siguientes:

Para la candidatura independiente a la Gubernatura del Estado

ESTADO
Lista Nominal de Electores*
Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores
Colima
542203
16,266
* Fuente: Instituto Nacional Electoral.

Para Candidaturas Independientes a Diputaciones de Mayoría Relativa

Distrito Electoral Local
Municipio/s que integran el Distrito
Lista Nominal de Electores*
Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores
01
Colima
35090
1,053
02
Colima
37279
1,119
03
Colima
35966
1,079
04
Comala – Villa de Álvarez
32758
983
05
Coquimatlán – Villa de Álvarez
38856
1,166
06
Colima – Cuauhtémoc
39173
1,176
07
Villa de Álvarez
33345
1,001
08
Villa de Álvarez
31295
939
09
Armería – Manzanillo
30730
922
10
Tecomán
29512
886
11
Manzanillo
36577
1,098
12
Manzanillo
35678
1,071
13
Manzanillo
31253
938
14
Manzanillo – Minatitlán
35867
1,077
15
Tecomán
27326
820
16
Ixtlahuacán – Tecomán
31498
945
* Fuente: Instituto Nacional Electoral.

Para Candidaturas Independientes a integrantes de Ayuntamientos

Municipio
Lista Nominal de Electores*
Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores
Armería
21370
642
Colima
124464
3,734
Comala
16843
506
Coquimatlán
16099
483
Cuauhtémoc
23044
692
Ixtlahuacán
4990
150
Manzanillo
141313
4,240
Minatitlán
7422
223
Tecomán
83346
2,501
Villa de Álvarez
103312
3,100
* Fuente: Instituto Nacional Electoral.

Cabe destacar que las Candidaturas Independientes registradas, en ningún caso podrán participar en la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional y sólo podrán competir para un cargo de elección popular. Además, se determinó que el financiamiento público y privado que utilicen las y los candidatos independientes, así como los topes de gastos precampaña y campaña, será estrictamente obtenido y erogado conforme a lo dispuesto por el Código Electoral del Estado.

En otros puntos del Orden del Día, el Consejo General del IEE también aprobó los Catálogos de Radio y Televisión de la entidad, que difunden noticias y programas de opinión; así como la Metodología; que deberán considerarse para el monitoreo de las transmisiones durante las precampañas y campañas electorales dentro del Proceso Electoral Local 2020-2021.

Además también se aprobó la respuesta a la vista formulada por el Instituto Nacional Electoral, relativa al expediente con nomenclatura INE/SE/ASP-01/2020, integrado con motivo del “Procedimiento de Asunción Parcial de los Conteos Rápidos para las Elecciones de Gubernatura en todos los Procesos Electorales Locales 2020- 2021”.