*Benjamín Revuelta, de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, dictó videoconferencia sobre el tema a la comunidad de la Facultad de Derecho.
“México contribuye, participa y se adhiere bien a los postulados y compromisos internacionales para combatir el cambio climático; sin embargo, hay un rigor laxo y no existe un supra estado internacional para obligar a los estados nacionales a que cumplan los compromisos adquiridos”.
Esto lo dijo Benjamín Revuelta Vaquero, profesor de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, al dictar la conferencia “El Marco Jurídico y las Políticas Públicas de Cambio Climático en México”, como parte de las actividades académicas que organiza la Facultad de Derecho de la Universidad de Colima.
El académico ofreció un recorrido por las principales acciones que ha realizado México en el tema de cambio climático y cuáles son los retos pendientes: “Es importante precisar, sobre el marco jurídico, que una ley es sólo el primer instrumento para desarrollar una política pública; la ley no logra por sí sola el resultado neto de la política pública, pues es necesario desarrollar estrategias de implementación para llegar a los resultados que se esperan alcanzar”.
Como antecedentes, mencionó que México participó en 1992 y firmó en 1994 la Convención Marco de la ONU sobre Cambio Climático; también estuvo presente en el protocolo de Kioto de 2000 y lo suscribió en el 2005. De igual modo, se adhirió a los Objetivos del Desarrollo Sostenible 2030 y estuvo presente en el acuerdo de París en 2015, mientras que en 2016 participó en la 22 Conferencia de las Partes de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.
Agregó que esta última década ha sido muy importante para México en el tema de políticas públicas sobre cambio climático, pues en 2012 se aprobó en México la Ley General de Cambio Climático y, posteriormente, surgieron la Estrategia Nacional de Cambio Climático y el Programa Especial de Cambio Climático (PECC), que tiene un carácter sexenal y está adherido al Plan Nacional de Desarrollo.
Dijo que el PECC 2014-2018 fue el primero y que todavía se está a la espera de que el actual gobierno federal apruebe el PECC 2019-2024: “Además, hay algunos programas estatales y municipales en la materia, y figuras jurídicas como la del amparo o las acciones colectivas, que son importantes en la defensa del medio ambiente, así como otras medidas del derecho administrativo y penal”.
Este contexto nos muestra, continuó, “que en México se cuenta con una normativa sobre cambio climático bien elaborada, suscrita a tiempo y con una serie de acciones previstas, así como instituciones dedicadas a atender dicha problemática, como el Sistema Nacional de Cambio Climático, la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, y el Consejo de Cambio Climático. Tenemos un andamiaje bastante sólido”, aseguró.
Dijo que la Ley General de Cambio Climático especifica que el Programa Especial debe contemplar metas sexenales de mitigación y adaptación al cambio climático, así como responsables de la instrumentación de dichas acciones y herramientas de medición, reporte y verificación: “Hasta el momento existen tres evaluaciones sobre los alcances del Programa Especial de Cambio Climático, realizadas en 2015, 2017 y 2019 por el propio Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático”.
Estas evaluaciones, continuó, “permitieron construir una visión de las principales debilidades en la ejecución e implementación de la política pública que se realiza a través del Programa Especial de Cambio Climático”. Entre las áreas de oportunidad señaladas por el investigador en esta materia, dijo, está la inconsistencia estructural entre lo que establece la Estrategia Nacional de Cambio Climático y las partes en que se organiza el Programa Especial de Cambio Climático, así como el Sistema de Información de Cambio Climático; “existe una desarticulación en la implementación de las acciones entre instancias y órdenes de gobierno, lo cual provocan una reducción en los resultados deseables”, enfatizó.
Otra debilidad encontrada, añadió, es que no existe información suficiente sobre los resultados de los indicadores de política pública en esta materia, y la que ofrece el Sistema de Información de Cambio Climático está desactualizada, incompleta y desarticulada; “no existe una base de información confiable y los datos estatales y locales están borrados de la concepción centralista que tienen las autoridades. Además, hay ausencia de un sistema robusto de medición y no hay claridad en los logros de la implementación”, señaló.
Otro punto importante señalado por el experto, es la ausencia de apoyo financiero y presupuestos específicos para acciones que atiendan el problema del cambio climático, así como una falta de comunicación y seguimiento por parte de la federación respecto a lo que se realiza en los estados y municipios.
Además, resaltó, “las autoridades federales no consideran la participación de las organizaciones ambientalistas y agrupaciones de la sociedad civil, que tienen mucho que aportar a nivel local; tampoco de las universidades, donde tenemos a los especialistas en todas las ramas. El potencial de las universidades no tiene un rol determinado en la implementación de políticas públicas en torno al cambio climático”.
Finalmente, el académico insistió en que, para enfrentar este problema, “una ley por sí sola es insuficiente para lograr resultados tangibles, pues se requieren políticas públicas para que sean el instrumento de dicha ley”.