El Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Movilidad, reitera su respeto y apoyo a la libre expresión y manifestación de las ideas, así como al diálogo constructivo para el intercambio de información que permitan lograr acuerdos para el desarrollo de la entidad.
Esto luego de que en el Jardín Libertad en el centro de la capital del Estado, se realizara una manifestación de personas operadoras y propietarias, de motocicletas adaptadas para prestar el servicio de traslado en algunos municipios de la entidad.
Al respecto, la Secretaría de Movilidad informa que la modalidad de motocicletas adaptadas, conocidas como mototaxis, no se encuentra incluida en la Ley de Movilidad Sustentable para el estado Colima, como una opción de transporte público.
Esto ya que estudios técnicos nacionales e internacionales especifican que la propia estructura física de la unidad, representa un riesgo inminente para las personas usuarias, ya que el eje delantero es muy inestable, no cuentan con cinturón de seguridad y la velocidad que alcanzan es muy alta para la carencia de carrocería.
De acuerdo a organismos internacionales como el Instituto de Recursos Mundiales (WRI por sus singlas en inglés), la inclusión de las motos adaptadas al sistema del transporte público genera mayores problemas que beneficios.
Sobre la regularización de estas unidades motorizadas, WRI en su estudio Panorama del Mototaxismo en México, revela que “las experiencias internacionales demuestran contundentes impactos negativos sobre la seguridad vial, la salud, el medio ambiente, la economía y la estructura social”.
Cabe mencionar que en los artículos 121 y 122 de la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima, se establecen los diferentes tipos de transporte público individual, que se divide en motorizado y no motorizado. En el primer grupo se encuentran; el taxi convencional, taxi mixto, taxi ejecutivo, taxi estándar y taxi ecológico.
En los no motorizados está la bicicleta pública y la bicitaxi. La Ley de Movilidad no contempla las mototaxis.
Además, la Secretaría de Movilidad expone que las acciones realizadas por la dependencia, como operativos se basan en la Ley de Movilidad Sustentable para el Estado de Colima. Ya que al ser una unidad administrativa la Secretaría en mención se encarga de aplicar la Ley, más no de modificarla, ya que esto es un trabajo del Congreso del Estado.
Por lo anterior, mientras La Ley de Movilidad no considera estos vehículos, el Gobierno de Colima tiene la obligación constitucional de hacer valer el marco jurídico de la entidad.