+Las y los legisladores aprobaron por unanimidad y con modificaciones el decreto del ejecutivo para mitigar los efectos económicos por la presencia de la enfermedad en la entidad
Con 22 votos a favor y ninguno en contra las y los legisladores de la 59 legislatura aprobaron, por unanimidad de los y las legisladoras presentes, el decreto con incentivos fiscales y de condonación de contribución que el gobierno del estado promovió para mitigar los efectos económicos generados por la contingencia sanitaria, ante la presencia del Covid-19 en la entidad.
Por consiguiente, se amplían los plazos para el pago del impuesto de la tenencia hasta el viernes 31 de julio, salvo en el caso de vehículos nuevos o importados; accederán al beneficio del subsidio del 100% de este impuesto los contribuyentes que no tengan adeudos de predial y uso de agua.
También se amplía el plazo para el pago de la calcomanía fiscal vehicular hasta el 31 de julio; de igual forma, durante los meses de marzo, abril y mayo se condona el 100% del pago del impuesto sobre la nómina, a los contribuyentes cuya plantilla laboral, formalmente registrada, sea de uno a diez trabajadores.
Para los contribuyentes que no se encuentren en el supuesto anterior al periodo de pago de este impuesto, se amplía hasta el segundo semestre del 2020, sin que se generen recargos, multas y sin ser objeto de requerimiento por parte de la autoridad competente.
No accederán a estos beneficios los contribuyentes que reduzcan el número de trabajadores registrados ante el IMSS durante los plazos señalados. Asimismo, durante los meses de marzo a diciembre se condona el 100% del pago del impuesto sobre la nómina a los municipios y sus organismos públicos descentralizados, así como a sus organismos operadores de agua.
También, dentro de los meses de abril, mayo y junio se condona el 100% del pago del impuesto por la prestación de servicio de hospedaje a los contribuyentes que presten este servicio. Además de que se amplía el pago del impuesto sobre ejercicio de profesiones correspondiente a los bimestres, enero- febrero, marzo-abril, mayo-junio, hasta el 17 de julio.
Asimismo, a partir de la entrada en vigor de este decreto y hasta el 31 de mayo se suspenden los plazos legales para concluir las visitas domiciliaras que actualmente se desarrollan en los domicilios fiscales del contribuyente, así como las revisiones de la contabilidad de los mismos que se efectúan en las oficinas de la autoridad fiscal estatal.
Por lo tanto, dentro de ese periodo, no se practicará ni un ejercicio de fiscalización ni la exigibilidad del cobro de créditos fiscales por medio del procedimiento administrativo de ejecución, atribuciones que la Secretaría de Planeación y Finanzas (Seplafin) tiene.
De igual forma, se amplía la vigencia de licencias de permiso de conducir, en todas sus modalidades, que expiren en los meses de marzo, abril, mayo y junio, hasta el 30 de julio.
En relación al pago de los derechos por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento prestados por la Ciapacov, se condona el pago del 100% de multas y recargos en adeudos del año 2019 y anteriores, así como de enero a junio de este año.
Además, se implementa un descuento del 4% en este servicio correspondiente a los bimestres de marzo-abril y mayo-junio, siempre que se realice el pago en forma puntual. Asimismo, se amplía el plazo para aplicar el descuento del 8% por el pago anual en los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento hasta el 30 de junio.
También, dentro de los meses de marzo a junio se suspenden las acciones de reducción o suspensión en el suministro del servicio de agua a los contribuyentes de los municipios de Colima y Villa de Álvarez que presenten algún tipo de adeudo, debiéndoles restablecer el servicio a quienes se les haya suspendido previamente.
Finalmente, se les otorga un 30% de descuento en todos los pagos por derechos de los trámites y servicios que presta el Instituto para el Registro del Territorio del Estado de Colima a partir de la entrada en vigor de este decreto hasta el 30 de julio.