*El Plan deberá plasmar las expectativas del Colima que queremos: Vladimir Parra
*El Gobernador deberá informar sobre el cumplimiento, inversiones y avances del Plan
El Congreso del Estado de Colima aprobó modificar la Constitución del Estado de Colima, con el objetivo de crear el Plan General de Desarrollo para el Bienestar, el cual tendrán una visión de 30 años y el que deberán sujetarse los servidores públicos de la entidad.
El dictamen, presentado por el Diputado Vladimir Parra Barragán y elaborado por las comisiones conjuntas de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales; de Planeación y Turismo; y de Justicia, Gobernación y Poderes fue aprobado por unanimidad.
Este Plan General contendrá la estrategia y políticas públicas de largo plazo, los lineamientos para el funcionamiento de un banco de proyectos y un plan de inversiones, así como los criterios para el monitoreo, seguimiento y evaluación de desempeño.
La reforma constitucional marca que el Plan General deberá revisarse cada 5 años con una actualización a los 15 años. La Ley deberá establecer las condiciones bajo las cuales se requieran revisiones extraordinarias por la ocurrencia de eventos naturales extraordinarios o consecuencias anticipadas del cambio climático.
Parra Barragán expuso que el Plan deberá formularse a través de un proceso participativo en el cual la sociedad sea representada en todas sus dimensiones, incluyendo necesariamente a las poblaciones que han sido vulneradas por la falta de oportunidades tendientes a generar su bienestar.
El Presidente de la Comisión de Gobierno Interno agregó que el Plan deberá plasmar las expectativas de la población y será el sustento para exigir a quienes ocupen cargos públicos, o aspiren a ello, el respeto a sus derechos, beneficios colectivos, y necesidades planteadas en el Plan; será la guía para la construcción colectiva del Estado de Colima que queremos las y los colimenses.
Para dar cumplimiento al Plan General cada primero de octubre el titular del Poder Ejecutivo entregará su informe de gobierno en el que debe plasmar el cumplimiento a las políticas y estrategias del Plan Estatal de Desarrollo.
Así mismo el Gobernador deberá informar los avances y cumplimientos de las políticas e inversiones públicas y de los proyectos ejecutados o en vías de ejecución, el cumplimiento de las metas, así como la congruencia de dichas acciones con el Plan General de Desarrollo para el Bienestar del Estado de Colima.
Además los Planes Estatales de Desarrollo que realicen los Gobernadores en turno, cada inicio de sexenio, deberán ser congruente y dotarse de continuidad en términos del Plan General de Desarrollo para el Bienestar.
Finalmente el Congreso del Estado deberá adecuar la legislación secundaria en un plazo de 60 días naturales a partir de la publicación del Decreto, así como la formulación inicial del Plan General, en la que se constituirá una Comisión Especial del Congreso que, asistida por la Comisión de Gobierno Interno y Asuntos Parlamentarios coordinará los trabajos que se requieran.