A nombre del Grupo Parlamentario de Morena, el Diputado Guillermo Toscano Reyes presentó al Pleno del Congreso local, una iniciativa para adicionar un párrafo al artículo 23 del Código Civil para el Estado de Colima, con el objetivo de garantizar la personalidad jurídica de las personas con discapacidad.
Durante la Sesión este jueves, el legislador del Movimiento de Regeneración Nacional recordó que el artículo 23 establece que la menor edad, el estado de interdicción y demás incapacidades establecidas por la ley, son restricciones a la personalidad jurídica; pero los incapaces pueden ejercitar sus derechos o contraer obligaciones por medio de sus representantes.
Toscano señal en tribuna el texto a adicionar, que señala: “En el caso de las personas con alguna discapacidad, no debe negárseles su capacidad jurídica, sino que debe proporcionárseles acceso al sistema de apoyos que necesiten para ejercerla y para tomar decisiones, con el fin de que puedan ejercer plenamente y por sí mismas su autonomía y todos sus derechos”.
Expuso que el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad postula como principio universal la capacidad jurídica y exige que se proporcione apoyo para su ejercicio; “el precepto parte de la premisa de que existen diversas maneras de ejercer la capacidad jurídica, pues algunas personas requieren de cierto tipo de apoyos y otras de distinta clase, sin menoscabo de la capacidad, lo que es acorde con la diversidad que existe entre todas las personas”.
De acuerdo con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el establecimiento de salvaguardas para impedir abusos en el ejercicio de la capacidad jurídica, tienen como fin asegurar que las medidas relativas al ejercicio de esta capacidad respete los derechos, voluntad y preferencias de personas con discapacidad, y que no haya conflicto de intereses o alguna influencia indebida.
“Por tanto, no debe negarse a las personas con discapacidad su capacidad jurídica, sino que debe proporcionárseles acceso al sistema de apoyos que necesiten para ejercerla y tomar decisiones, asumiendo que cada tipo de discapacidad requiere de medidas específicas en virtud de su condición particular y sus requerimientos personales, para que puedan ejercer plenamente y por sí mismas, su autonomía y todos sus derechos”, agregó Toscano Reyes.
Dijo que es obligación del Estado asegurar que todas las personas, siempre que no tengan un sentencia que declare su estado de interdicción, se les reconozca personalidad jurídica y les permitan el ejercicio de sus derechos; no obstante que presenten un condición de discapacidad aparente. “Sin embargo, no significa que dicha discapacidad los coloque automáticamente en estado de interdicción o en duda del ejercicio de sus derechos”, abundó.
Ante esto, el diputado villalvarense consideró necesario reformar al artículo 23 del Código Civil, puesto que con su actual redacción menciona, sin ambigüedad o vaguedad alguna, que las personas incapaces sólo podrán ejercer sus derechos mediante sus representantes. “Dicho precepto determina que, en lugar de buscar que la propia persona con discapacidad adopte sus decisiones, se designe a un tutor para que tome sus decisiones legales”.
Estimó que esta situación es violatoria del derecho a la igualdad y la no discriminación, ya que realizan una distinción basada en una categoría sospechosa como la discapacidad; que no necesariamente implica estar impedido para ser sujeto de derechos y obligaciones, así como acceder a las prerrogativas que el Estado debe proporcionarle.
“Como legisladores de Morena, buscamos reformas que permitan a las personas ejercer a plenitud sus derechos, desde un enfoque incluyente y sin discriminación; no permitiremos que por una aparente discapacidad se discrimine y desconozca la capacidad legal de la persona, sin que medie sentencia judicial que así lo determine. Por ello, debemos coartar todas las aristas que puedan ser motivo de este tipo de discriminación que afecta particularmente a las personas con discapacidad”, concluyó Guillermo Toscano Reyes.