*Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa interpusieron “un incidente de incompetencia”
Alfredo Quiles Cabrera
El tema de la remoción de los tres Magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, ordenada por un juez de circuito, deberá de ser resuelta por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, una vez que los Magistrados destituidos interpusieron “un juicio de incompetencia” contra dicho Tribunal de Circuito.
El Consejo de la Judicatura Federal, a través de su página web, da a conocer que los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) de Colima, Andrés Gerardo García Noriega, Yarazhet Candelaria Villalpando Valdés y Juan Manuel Figueroa López, interpusieron un incidente de incompetencia en relación a la ejecutoria dictada por el Trigésimo Segundo Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito con sede en la ciudad de Colima, el 22 de marzo de 2019, con número de expediente 35/2019.
El incidente fue recibido por el citado Tribunal Colegiado y se remitió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que sea el máximo órgano jurisdiccional quien resuelva de manera definitiva la procedencia del mismo.
En la página web del Consejo de la Judicatura, específicamente en el apartado de consulta de expedientes, el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito con sede en el estado de Colima, publicó la síntesis completa del auto por medio del cual acordó lo relativo al documento presentado por los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa.
En dicho documento se controvierte la competencia del citado Tribunal Colegiado “para conocer y resolver la controversia referente al nombramiento de los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, al ser dicho tema competencia originaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
En dicha síntesis se señala que dicho auto fue acordado por el Tribunal Colegiado de Circuito el 8 de abril de 2019, siendo publicado el 9 de abril del año en curso.
El Tribunal Colegiado de Circuito acordó: “Téngase por recibido el escrito signado por los terceros interesados y la autoridad responsable mediante el cual interponen el incidente de incompetencia en relación a la ejecutoria dictada por el pleno de este Tribunal Colegiado en sesión del 22 de marzo de 2019, en consecuencia, con fundamento en el Artículo 66 de la Ley de Amparo, se tiene por interpuesto dicho incidente”.
“Una vez integrado el presente amparo, remítanse los presentes autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Cabe mencionar que el Tribunal Colegiado de Distrito, en la ejecutoria dictada el 22 de marzo de 2019, revocó el nombramiento como magistrados titulares a Andrés Gerardo García Noriega, Yarazhet Candelaria Villalpando Valdés y Juan Manuel Figueroa López.
Sin embargo, los mencionados se mantendrán en el cargo con la categoría de magistrados interinos, hasta que concluya el procedimiento de elección que se lleve a cabo.