Juicios políticos los debe realizar el poder legislativo y no el judicial

=El Congreso debe ser el único Poder estatal que tenga competencia para instruir y resolver un juicio político, dejando de lado la intervención del Supremo Tribunal de Justicia.

Alfredo Quiles Cabrera

El Congreso del Estado debe de ser el único Poder estatal que tenga competencia para instruir y resolver un juicio político, dejando a un lado la intervención del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (Poder Judicial), propuso el diputado panista Francisco Rodríguez García.

El legislador panista, a nombre de la Fracción Parlamentaria del PAN en la Quincuagésima Novena Legislatura Local, presentó este martes ante el pleno del Congreso una iniciativa de reforma al artículo 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, para que el Poder Judicial del Estado deje de tener alguna intervención en la instauración de un juicio político en contra de algún servidor público.

Dijo que el juicio político es un mecanismo para fincar responsabilidad política y sancionar con destitución y/o inhabilitación a funcionarios o servidores públicos de alto nivel que, en el ámbito de sus atribuciones, han incurrido en arbitrariedad o abuso o acceso de poder.

Mediante ese instrumento, dijo, el Poder Legislativo juzga los actos de los cuales pueda desprenderse una responsabilidad política. “Se trata de una función jurisdiccional ejercida en sede parlamentaria para determinar la responsabilidad de los propios legisladores u otros funcionarios de elevada jerarquía que han cometido acciones u omisiones graves”.

Por ello, es de advertirse que la división de potestades no sólo es una separación funcional de competencias, también es un instrumento de limitación y control del poder que garantiza que unos poderes puedan controlar y vigilar a otros; es decir, es un medio de establecer frenos y contrapesos para que cada uno de los poderes se mantenga dentro de sus demarcaciones, sirviendo de equilibrio a los otros, impidiendo que quien tenga el poder pueda abusar de él. La idea común que subyace en los mecanismos de control es que “el poder frene al poder”.

Expreso que es imperativo reformar la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, a efecto de establecer que el Congreso del Estado de Colima “es el único Poder estatal que tiene competencia para instruir y resolver un juicio político, dejando de lado la intervención del Supremo Tribunal de Justicia”.

En este sentido, dijo que sería el Congreso del Estado el que se erija en Jurado de Sentencia, para conocer en juicio político de las faltas u omisiones que cometan los servidores públicos y que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho.

“Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Comisión de Responsabilidades procederá a la acusación respectiva ante la Asamblea en pleno del Congreso del Estado, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de dicho Congreso, después de haber sustanciado el procedimiento respectivo y con audiencia del inculpado.

“El Congreso del Estado, erigido en jurado de sentencia, aplicará la sanción correspondiente, mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado.

“Las declaraciones y resoluciones del Congreso del Estado se ajustarán a las reglas que para la substanciación del procedimiento de juicio político establezca la ley, y serán inatacables”, concluyó.

Finalmente, mencionó que este tema no va dirigida para nadie en especial, “no tiene nombre ni apellido”, y por lo tanto rechazó que sea una forma de protección para el alcalde de Cuauhtémoc, Rafael Mendoza Godínez, quien tiene pendiente el resolutivo de sanción por parte del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, una vez que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictaminó en contra del alcalde, quien se encuentra amparado.

Dicha propuesta fue turnada a Comisiones del Poder Legislativo para su análisis y dictamen.