=Reené Díaz Mendoza por Vladimir Parra Barragán y José Alfredo Valencia Polanco por José Emiliano Zizumbo Quintanilla, como candidatos a Diputados Propietario y Suplente, respectivamente, por el Distrito Local 08, postulados por la Coalición “Juntos Haremos Historia”.
=Renuncia toda la planilla de Movimiento Ciudadano a la alcaldía de Armería.
Alfredo Quiles Cabrera
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Colima resolvió diversas solicitudes de sustituciones de candidaturas de la coalición “Juntos Haremos Historia” y el partido político Movimiento Ciudadano a distintos cargos de elección.
El IEE aprobó que Reené Díaz Mendoza sustituyera a Vladimir Parra Barragán y José Alfredo Valencia Polanco por José Emiliano Zizumbo Quintanilla, como candidatos a Diputados Propietario y Suplente, respectivamente, por el Distrito Local 08, postulados por la Coalición “Juntos Haremos Historia”.
Además, se aprobó la sustitución de la totalidad de las candidaturas de la planilla a miembros de Ayuntamiento de Armería del partido Movimiento Ciudadano.
En este sentido se dio a conocer que María Guadalupe Contreras Michel quien había sido registrada como candidata a presidente municipal fue sustituida por Claudia Margarita Barba Herrera. En el mismo sentido se aprobó la totalidad de la planilla registrada por este instituto político en ese municipio.
El Consejo General del IEE privilegia el derecho de los partidos políticos a postular candidatas y candidatos que accedan a los cargos de elección popular, atendiendo la solicitud de sustitución de candidatura en términos de lo previsto por la ley en la materia, con la finalidad de hacer efectivo el derecho de toda y todo ciudadano mexicano de ser votado y que los institutos políticos ejerzan su derecho de hacer posible el acceso de la ciudadanía al ejercicio del poder público.
Asimismo, se admitió el Recurso de Revisión interpuesto por Carlos Gariel Padilla en contra del Acuerdo IEE/CME-TEC/A002/2018, aprobado el 14 de abril de 2018 por el Consejo Municipal Tecomán, requiriéndosele a éste que dentro de las 24:00 horas siguientes a partir de la notificación de la presente Resolución rinda por escrito su Informe Circunstanciado ante el Consejo General.