Ley que protegerá a usuarios de casas de empeño entrará en vigor en mayo

*Norma colaborará en implementación de mecanismos para evitar se empeñen y comercien artículos robados.

Tras su reciente publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”, la Ley para Regular la Apertura, Instalación y Funcionamiento de las Casas de Empeño, que protegerá a los usuarios y clientes de esos establecimientos, entrará en vigor el próximo primero de mayo.

El primer artículo transitorio del Decreto 231 que dispuso la creación de esa nueva Ley, establece que ésta entrará en vigor a los 30 días siguientes de su publicación, plazo que  se cumplirá el primer día del mes de mayo próximo.

Esta Ley, que consta de 47 artículos divididos en 14 capítulos, le dará herramientas jurídicas a las autoridades locales para colaborar en la implementación de mecanismos para evitar que en las casas de empeño se dejen en garantía prendaria y comercien artículos que pudieran ser robados.

Para evitarlo, la norma obliga a los responsables de  las casas de empeño  requerir a los solicitantes de un préstamo con garantía prendaria, acreditar la propiedad del bien a empeñar.

La Ley para Regular la Apertura, Instalación y Funcionamiento de las Casas de Empeño del Estado de Colima, también obliga a las casas de empeño solicitar a los pignorantes documento oficial que acredite su identidad y comprobante de domicilio.

Entre los mecanismos legales de control para el funcionamiento de las casas de empeño, está la elaboración de un listado actualizado de casas de empeño inscritas en la entidad por parte de la Secretaría de Planeación y Finanzas.

Además, esos establecimientos deberán proporcionar la información y documentación que le sea requerida por la PGJE, por conducto del Ministerio Público, sobre personas y operaciones de empeño que se encuentren relacionadas con alguna averiguación previa o carpeta de investigación.

Para ayudar a que las casas de empeño que ya operan en la entidad cumplan con las disposiciones de la ley, la Secretaría de Planeación y Fianzas del Gobierno del Estado deberá entregarles un ejemplar del Periódico Oficial a cada uno de esos establecimientos ubicados en territorio estatal.

Las casas de empeño cuya instalación sea posterior a la entrada en vigor de la ley, deberán contar con un permiso de funcionamiento que será expedido, revalidado, modificado o cancelado por la Secretaría de Planeación y Finanzas.

De acuerdo con el Registro Público de Casas de Empeño de la Procuraduría Federal del Consumidor, en México existen 6 mil 887 establecimientos de ese tipo, de los que 48 estarían localizados en el Estado de Colima.

El Reporte Nacional de Inclusión Financiera 2017 de la Comisión Nacional Bancaria y de la Valores, reportó que 5.8 millones de adultos acudieron en todo el país a solicitar dinero a una casa de empeño.

Finalmente, ese Reporte indica que el 27 por ciento de la gente que acudió a solicitar dinero a una casa de empeño, que es considerado un mecanismo informal de financiamiento, fueron personas con ingresos de ocho mil a tres mil pesos mensuales.