Este viernes la Legislatura Local discutirá y podría aprobar las cuatro leyes pendientes para tener completo el marco jurídico con el que se echaría a andar el Sistema Anticorrupción del Estado de Colima.
De acuerdo a lo aprobado este miércoles por la Comisión Permanente del Congreso del Estado, las y los diputados locales celebrarán el viernes 16 de marzo sesión extraordinaria para discutir, y en su caso aprobar, los dictámenes con las leyes Orgánica de la Fiscalía General, la de Justicia Administrativa, la de Juicio Político y Declaración de Procedencia y la de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Colima.
Las comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales y la de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, solicitaron al Diputado José Adrián Orozco Neri, Presidente de la Comisión Permanente, convocara a sesión extraordinaria para discutir la creación de esas cuatro nuevas leyes.
En armonía con lo establecido en la Constitución General de la República y en la Constitución del Estado de Colima, la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Colima contempla que ésta tenga carácter de órgano estatal autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, así como de autonomía presupuestaria, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones.
Asimismo, plantea la creación de dos fiscalías especializadas: la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y Fiscalía Especializada en Delitos por Razones de Género y Trata de Personas.
Al igual que la Fiscalía General, la Especializada en Combate a la Corrupción estará dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, con independencia en sus decisiones, funcionamiento y administración, con autonomía presupuestaria, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones.
Esa Fiscalía Especializada tendrá a su cargo la investigación y persecución de los actos que la ley considera como delitos por hechos de corrupción en el ámbito de competencia del Estado.
La persona que funja como titular de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, durará en el encargo seis años y será propuesta al Congreso del Estado por el titular del Poder Ejecutivo.
El Congreso, previa comparecencia de la persona propuesta, la designará con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes.
En la sesión extraordinaria de este viernes, se discutirá también el dictamen con la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Colima, que contempla la creación del Tribunal de Justicia Administrativa, órgano al que se propone dotar de plena autonomía para dictar sus fallos y establecer su organización, funcionamiento, procedimientos y, en su caso, recursos contra sus resoluciones.
Ese Tribunal tendría a su cargo dirimir las controversias que se susciten entre la administración pública estatal y municipal con los particulares, funciones que actualmente realiza el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, al cual supliría el de Justicia Administrativa.
La propuesta de Ley de Justicia Administrativa establece que el nuevo Tribunal impondrá las sanciones a los servidores públicos estatales y municipales por responsabilidad administrativa grave, y a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves.
Se propone que el nuevo Tribunal se constituya como una instancia colegiada, integrado por tres magistrados que durarán en el encargo seis años, designados por el Congreso del Estado con el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, previamente propuestos por el titular del Poder Ejecutivo.
Para la designación de los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, los propuestos deberán comparecer ante el Congreso.
Respecto a la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia del Estado de Colima, ésta plantea derogar la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos en virtud de la existencia de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Como consecuencia de la abrogación de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, se preservaría sólo lo relativo al juicio político y la declaración de procedencia, rubros que no fueron abordados por las leyes generales derivadas de la reforma constitucional en materia anticorrupción.
También el viernes se discutirá la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Colima, que se armoniza con las nuevas reformas legales en materia de combate a la corrupción, de disciplina financiera y de responsabilidades.
La Constitución del Estado en materia de combate a la corrupción replanteó la actuación del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental, suprimiendo el principio de anualidad, posibilitando la revisión de manera casuística y concreta de ejercicios anteriores al de la cuenta pública de los entes fiscalizables.
Se extinguen las facultades del Congreso del Estado para sancionar administrativamente a los servidores públicos derivado de la revisión y fiscalización de la Cuenta Pública que realice el Osafig.
Las irregularidades que detecte el Osafig ya no serán tramitadas para efectos de sanción ante el Congreso del Estado, ahora se promoverán ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
Con la discusión y en su caso aprobación de las leyes Orgánica de la Fiscalía General, la de Justicia Administrativa, la de Juicio Político y Declaración de Procedencia y la de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Colima, se da cumplimiento a la conformación del marco jurídico del Sistema Anticorrupción del Estado.
Anteriormente se había reformado la Constitución del Estado de Colima en materia del sistema estatal anticorrupción; posteriormente se creó la Ley del Sistema Anticorrupción del Estado de Colima; enseguida se aprobaron reformas y adiciones a diversas disposiciones del Código Penal del Estado en materia de combate a la corrupción, y se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Colima en materia de control interno del Ejecutivo del Estado.
También se crearon la Ley de Deuda Pública del Estado de Colima y sus Municipios y la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Colima.