En la Cámara de Diputados, las bancadas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido Acción Nacional (PAN), rechazaron que los cambios al artículo 1916 del Código Civil Federal, y que suman a los medios electrónicos como espacios donde se puede incurrir en difamación, representen una “ley mordaza” y un freno a la libertad de expresión en redes sociales.
El vicecoordinador de esa fracción parlamentaria y periodista, Virgilio Caballero, manifestó que por el contrario, la decisión amplia la protección de los derecho de las personas a la privacidad, a conservar su buen nombre e incluso su integridad, ante amenazas y ataques lanzados a través de las redes.
“De lo que se trata es de ampliar la defensa de la persona humana frente a las agresiones a su vida, y esa ampliación implica que se incluya en el asunto a los medios electrónicos. Es decir, es la defensa de un derecho y se le da mayor defensa todavía”, apuntó.
Caballero Pedraza reconoció que por el impacto que tienen los foros de comunicación y difusión a través de internet y el número de personas que las utilizan, podrían incrementarse las denuncias civiles por difamación y daño moral.
Sin embargo, el Código Civil Federal ya contempla esas faltas, y no se espera que se presenten “oleadas” de demandas de quienes consideren, están siendo afectados con publicaciones en la internet.
“Esto ya está en el Código Civil y no ha provocado esas oleadas, nunca. Puede ser que tengan una mayor presencia ahora, pero no es definitivo. En todo caso, la que debe actuar es la ley, el Código Civil que insisto, está protegiendo el derecho de la gente a su integridad”, remarcó.
En el mismo sentido se pronunciaron los coordinadores del tricolor, César Camacho; y del albiazul, Marko Cortés.
Por su parte, el presidente de la Comisión de Justicia en San Lázaro e integrante de la bancada del PRI, Álvaro Ibarra, señaló que la norma aprobada por unanimidad en el Pleno, pretende proteger a quienes vean amenazada tanto su dignidad como su vida, con la publicación en distintos medios masivos, incluyendo internet, de información cierta o falsa, pero que pueda causarles perjuicios y descrédito.
“Busca establecer que estarán sujetos a la reparación del daño moral, aquellas personas que comuniquen a través de cualquier medio, incluidos los electrónicos, a una o más personas, la imputación que se hace a otras personas físicas o morales, de un hecho cierto o falso que pueda causarles deshonra, descrédito o perjuicio o exponerlos a un desprecio de alguien”, externó.