Aprueba el Congreso reformas al Código Penal.
La Ley faculta al Gobierno del Estado a crear programas que concienticen sobre el acoso sexual callejero.
El Congreso del Estado de Colima aprobó una reforma para endurecer la penalidad para el delito de abuso sexual, cuya sanción mínima pasa de tres a seis meses de prisión y la máxima se incrementa de tres a cuatro años.
Asimismo, la Legislatura otorgó atribuciones legales a las secretarías de Educación y de Cultura y al Instituto Colimense para las Mujeres, para crear programas y políticas públicas que concienticen sobre la problemática que implica el acoso sexual callejero, así como medidas tendientes a desincentivarlo.
En primer término, y a iniciativa de la Diputada Adriana Lucía Mesina Tena, el Poder Legislativo reformó el artículo 149 del Código Penal Para el Estado de Colima para endurecer la penalidad del delito de abuso sexual.
Mientras en Baja California Sur y Michoacán la penalidad por el delito de abuso sexual es de seis meses a cuatro años, en Chihuahua es de seis meses a seis años y en el Código Penal Federal es de seis a diez años de prisión, hasta antes de la reforma en Colima se contemplaba una penalidad de tres meses a tres años.
La comisión dictaminadora, la de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, coincidió con la iniciadora respecto a que al abuso sexual, que es un acto erótico sexual realizado sin el consentimiento de una persona y sin el propósito directo o inmediato de llegar a la cópula, se le debe aumentar la penalidad.
Respecto al acoso sexual callejero, entendido como aquellas prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida en espacios públicos y que vulneran la dignidad de la víctima, el Congreso del Estado, a iniciativa de la Diputada Gabriela de la Paz Sevilla Blanco, reformó la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Ahora la Secretaría de Educación podrá promover programas educativos enfocados en la concientización de la violencia ocasionada por el acoso sexual callejero.
Por su parte, la Secretaría de Cultura podrá promover, en coordinación con otras dependencias, programas culturales encaminados a la concientización de la violencia generada por el acoso sexual callejero, así como medidas para eliminarlo.
Finalmente, el Instituto Colimense para las Mujeres podrá fomentar y difundir la concientización de la violencia ejercida en el acoso sexual callejero, así como las medidas tendientes a la eliminación de dicha práctica.