También se da paso al nuevo Reglamento del Bando Solemne en el Municipio de Colima, así como la adición de diversas disposiciones al Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro.
Con la finalidad de proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes de la capital, el Cabildo de Colima aprobó en sesión extraordinaria el dictamen relativo al proyecto de acuerdo que crea el Reglamento del Sistema Municipal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Este proyecto contempla contar con un sistema municipal, una autoridad de primer contacto y otras instituciones dedicadas a esta tarea fundamental. Esta oficina de la autoridad de primer contacto deberá contar con personal capacitado para atender a niñas, niños y adolescentes, la atención deberá ser directa, ágil, sin formalidades, de calidad, respetuosa y conforme con su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez. Además, se elaborará un programa municipal de niñas, niños y adolescentes, que tiene como finalidad salvaguardar su bienestar ante cualquier situación vulnerable.
En otro punto del orden del día de esta sesión de Cabildo, fue aprobado también el dictamen relativo a abrogar el actual Reglamento del Bando Solemne Municipal y crear el Reglamento del Bando Solemne en el Municipio de Colima.
Lo anterior obedece a que el Reglamento del Bando Solemne Municipal fue publicado en el periódico oficial “El Estado de Colima”, el 24 de agosto de 1985 y durante toda su historia no sufrió ninguna actualización o reforma, por lo que al día de hoy queda desfasado de la realidad colimense, como se menciona en la iniciativa dispuesta para el análisis ante esta Comisión, por lo que se considera que sí es objeto de abrogación para darle paso a un nuevo Reglamento del Bando Solemne en el Municipio de Colima, acorde a las necesidades del Ayuntamiento y de la población.
El nuevo reglamento contempla lugares estratégicos para la colocación del Bando Solemne, así como mejoras en la forma del texto y además se considera importante que se incluya en él un lenguaje no sexista y libre de discriminación, ya que el Ayuntamiento de Colima se ha destacado por buscar siempre la igualdad entre hombres y mujeres.
Algunas de las formalidades del Bando Solemne son las siguientes: si no se señala expresamente la hora de inicio para su lectura y fijación, este deberá leerse y fijarse a partir de las 10:00 horas; el Bando Solemne que declara al titular de la Presidencia de los Estados Unidos Mexicanos así como del Poder Ejecutivo del Estado será leído en primer lugar en el acceso principal del Palacio Municipal por quien ocupe la Presidencia Municipal, al término de su lectura se procederá a su fijación en el lugar previamente designado.
De igual manera, será fijado para el conocimiento del público en un lugar visible de la página de internet del Ayuntamiento. El Bando Solemne debe contener el nombre de la autoridad que lo emite, el fundamento jurídico que sustenta su realización, el título de Bando Solemne, el acto o la decisión oficial que se da a conocer a la población, la obligación de la autoridad municipal para fijar y dar lectura al Bando Solemne, así como las firmas de los titulares de la presidencia municipal, sindicatura y secretaría del Ayuntamiento.
Durante esta sesión, también fue aprobado un proyecto de acuerdo que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento Municipal para el Fomento a la Lectura y al Libro, que contempla la posibilidad de nuevos estímulos para fomentar la lectura, pero también para crear, editar, publicar y distribuir libros en el municipio. Se promoverá además la participación de la población interesada en la promoción cultural y el fomento a la lectura.
Finalmente, se mencionó que el Ayuntamiento colaborará con las diversas autoridades educativas de la Federación y del Estado en actividades de fomento a la lectura y escritura, entre el estudiantado de las escuelas de nivel preescolar, primaria y secundaria establecidas en el municipio.