El órgano electoral pretende impedir la entrega de programas sociales, propaganda gubernamental y la entrega de tarjetas que prometan un beneficio en medio de un proceso comicial.
Tal y como lo hizo con los lineamientos de cancha pareja, la Presidencia de la República, el Gobierno del Estado de Colima, y otras ocho gubernaturas del país, impugnaron ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la reglamentación del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la entrega de programas sociales para evitar su condicionamiento con fines electorales, sobre propaganda gubernamental y la entrega de tarjetas que prometan un beneficio en medio de un proceso comicial.
Luego de su emisión, únicamente el PRI y el PVEM habían impugnado las reglas; a la fecha, además de Presidencia se unieron Movimiento Ciudadano en Michoacán, los gobiernos de Colima, Tlaxcala, Aguascalientes, Coahuila, San Luis Potosí, y Sinaloa, gobiernos municipales y televisoras.
Los entes que impugnan señalan que el INE no tiene facultades para dictar prohibiciones generales contra servidores públicos.
“El INE no tiene facultades para crear prohibiciones generales en contra de servidores públicos, prohibir específicamente a los servidores públicos que asistan a eventos, prohibir en materia de rendición de informes de labores de servidores públicos, regular especialmente la propaganda electoral o regular el empleo de programas sociales”, señala el documento fechado el 19 de septiembre y que deberá resolver el Tribunal Electoral Federal.
Argumentan los demandantes que el dinero en materia de propaganda gubernamental ya está programado y asignado desde enero, por lo que esta medida limita el uso de recursos que se le otorgan a dependencias, órganos y entidades de gobierno federal para destinarlos a la promoción y difusión de programas gubernamentales.
“Merma el presupuesto de las dependencias y entidades del gobierno federal respecto de los recursos que fueron destinados a la propaganda gubernamental para este ejercicio fiscal, toda vez que éstos, al preverse en presupuestos planeados y programados desde principios del ejercicio, también se encuentran comprometidos con terceros por medio de los contratos que las dependencias y entidades han celebrado con terceros”, indica por su parte Presidencia de la República.
Por último, también se cita la sentencia del 30 de agosto, cuando el Tribunal bajó los lineamientos de cancha pareja y argumentó que de nueva cuenta el INE se excede en sus facultades.
“No obstante, la claridad de la sentencia de fecha 30 de agosto del 2017, en la que se determina que no existen facultades por parte del Consejo General del INE, de nueva cuenta pretende arrogarse facultades reglamentarias para expedir normas de carácter general”.