Deberán ser profesionistas tesoreros y secretarios de los ayuntamientos

Reforma Congreso de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

Para profesionalizar la función pública municipal, la Legislatura Local reformó la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, la cual ahora dispone  que para ocupar la titularidad de los cargos de Tesorería y Secretaría de los ayuntamientos, se cuente con título y cédula profesional en áreas afines al cargo.

 

Además del requisito de título y cédula profesional de contador público o carrera afín, para asumir la titularidad de las tesorerías municipales se deberá acreditar experiencia mínima de tres años relacionada con la administración de recursos públicos, así como haber cursado y concluido satisfactoriamente estudios en materia de contabilidad gubernamental.

 

Por su parte, para la titularidad de las secretarías de los ayuntamientos, además de contar con título y cédula profesional debidamente registrados en áreas afines al cargo, se deberá contar con una antigüedad en el ejercicio profesional mínimo de dos años.

 

El dictamen a favor de la reforma a la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, leído en tribuna por Federico Rangel Lozano, considera que de acuerdo a las obligaciones contenidas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, un tesorero o tesorera municipal requiere conocimientos técnicos, administrativos y de contabilidad gubernamental para el manejo y proceso de la información relativa a la operación del sistema contable del gobierno.


Federico Rangel aseguró que es frecuente encontrarse en las tesorerías municipales, con servidores públicos que no cuentan con la especialización necesaria en el ámbito de su competencia y responsabilidad, por demás adolecen de las herramientas técnicas indispensables para un funcionamiento efectivo.


Respecto al requisito de título profesional para ocupar la titularidad de las secretarías de los ayuntamientos, cuyo iniciador fue Héctor Magaña Lara, el dictamen  señala que en algunos casos los nombramientos de los principales cargos de los municipios se conceden a personas que no reúnen el perfil idóneo y que por razones ajenas a la búsqueda de efectividad, son ratificados por el propio Cabildo.


Cuando presentó la iniciativa, Héctor Magaña apuntó que el gran paso a la profesionalización de los primeros cargos de los ayuntamientos será en beneficio e impacto directo en la población, quienes de manera inmediata podrán observar que sus autoridades municipales tienen la suficiente capacidad académica y calidad moral para desempeñarse.

 

El segundo artículo transitorio del decreto que reforma la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, establece que  los nombramientos de secretario del Ayuntamiento y tesorero Municipal que con anterioridad a la entrada en vigor de esa reforma hayan sido emitidos, continuarán surtiendo sus efectos.