+ La base para el cálculo del cobro del impuesto predial se realiza con base a la Ley de Hacienda del Municipio de Colima vigente.
Francisco Javier Ávalos Gutiérrez, Director de Catastro Municipal de Colima, informa que es la Ley de Hacienda Municipal vigente la que regula el cobro del impuesto predial y no se aplican criterios personales para hacerlo, por lo que desmiente que el cobro se haga de manera “arbitraria o discrecional” como se señaló a los medios de comunicación.
El servidor público municipal explicó que la falta de equidad actualmente en el cobro del impuesto predial en inmuebles semejantes podría resolverse si se aprobara la iniciativa de actualización de los valores catastrales presentada por el presidente Municipal de Colima, Héctor Insúa García, ante el Congreso del Estado desde 2015; la iniciativa busca justicia y que los propietarios de predios de mayor valor paguen más, los de menor cuantía menos y los de igual valor catastral paguen lo mismo.
Para evitar que el tema del cobro del predial sea utilizado con fines políticos, Francisco Ávalos está en la mejor disposición de brindar la información y orientación apegada a la normatividad vigente a los ciudadanos que deseen aclarar lo relativo al cálculo de su impuesto predial, en las oficinas de Catastro del Ayuntamiento Capitalino.