“Desde la Curul 26”

 

Por Juan Ramón Negrete Jiménez

De sancionado a sancionador…

Un ex funcionario público del Ayuntamiento de Tecomán, que en la cuenta pública 2014, resultó sancionado por la Comisión de Hacienda de la Quincuagésimo Séptima Legislatura, y le aplicó amonestación pública en ocho ocasiones por distintas irregularidades, será ahora quien lleve a cabo la elaboración de los dictámenes de la calificación de las cuentas públicas de los tres poderes del estado, de los diez ayuntamientos y de los nueve organismos operadores de agua.

Sí, así como lo está leyendo, de acuerdo al decreto número 587, aprobado el 29 de septiembre de 2015, es decir un día antes de que concluyera la gestión de la anterior Legislatura, los diputados de la Quincuagésimo Séptima Legislatura aprobaron el dictamen mediante el cual se declaraba concluido el proceso de revisión y fiscalización de los resultados de la cuenta pública del Ayuntamiento de Tecomán, correspondiente al ejercicio fiscal 2014.

Derivado del proceso de fiscalización el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental (OSAFIG), se encontró una serie de irregularidades, que concluyó con la propuesta de sanción para nueve funcionarios o ex funcionarios del Ayuntamiento de Tecomán, que involucró a tres personas que fungieron como tesoreros del Ayuntamiento señalado.

Asimismo para los directores de ingreso, el Oficial Mayor, el Secretario del Ayuntamiento; el director de obras públicas; y el director de desarrollo urbano y ecología, y en todos los casos se propuso por el OSAFIG y se aprobó por el Congreso del Estado, aplicar amonestación pública en algunos casos en tres, cuatro, seis y hasta ocho ocasiones, por las irregularidades cometidas, además de aplicar sanciones económicas directas, y en otros casos sanciones económicas resarcitorias.

De los nueve funcionarios sancionados en la cuenta pública 2014, calificada el 29 de septiembre de 2015, del Ayuntamiento de Tecomán, llama la atención que el servidor público que se hizo acreedor a ocho amonestaciones públicas, fue la persona que fungía como Oficial Mayor del Ayuntamiento.

Y ¿qué cree?

Pues nada más y nada menos que la persona que fungía como Oficial Mayor del Ayuntamiento de Tecomán, es el hoy flamante presidente de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos de la Quincuagésimo Octava Legislatura, el diputado Santiago Chávez Chávez, quien será quien elabore y presente al pleno, junto con los otros integrantes de la comisión que él preside, los dictámenes de las 22 cuentas públicas correspondientes al ejercicio fiscal 2015. ¡Qué le parece!…

De acuerdo al decreto número 587, expedido el 29 de septiembre y publicado en el periódico oficial “El Estado de Colima”, el 1 de octubre de 2015, en el undécimo considerando, la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, que presidía el diputado Martín Flores Castañeda, señaló que:

“…(se) informa a esta soberanía que derivado del informe de resultados de la revisión y fiscalización a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2014 del municipio de Tecomán, en su apartado de PROMOCIÓN DE ACCIONES, el OSAFIG presentó evidencia suficientes, competentes y relevantes para determinar daños y perjuicios, o ambos, al patrimonio de la hacienda municipal, así como establecer la presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos de esa administración municipal que fungieron en el período auditado…”

Después enumera las presuntas responsabilidades, que fueron avaladas por el pleno del Congreso en la sesión extraordinaria del 29 de septiembre de 2015.

Ahí le van desglosadas…

En la parte medular del decreto antes invocado, aparece en la posición número 6 de la manera en que se presentó a los funcionarios sancionados:

Al C. Santiago Chávez Chávez, en su carácter de Oficial Mayor, se propone se le imponga Amonestación Pública, con el objeto de resarcir los daños y perjuicios estimables en dinero, ocasionados a la Hacienda Pública Municipal; por los actos u omisiones consignados en la observación identificada con el número F32, F37, F44, F45, F48, F49, F51 y F52  todas de terminación /FS/14/09. Sanción prevista en los artículos 49, fracción V de la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; y 52, fracción I, 53, fracción III, 54, 55, fracción I, 56 y 57 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.”

Cabe hacer notar que en cada una de las ocho observaciones identificadas en el informe, todas diferentes, se impuso amonestación pública.

¿Qué hizo o qué dejó de hacer el hoy presidente de la Comisión de Hacienda, en su encargo como Oficial Mayor del Ayuntamiento de Tecomán en 2014, para que lo amonestaran 8 ocasiones?

Según la irregularidad marcada como F32-FS/14/09, fue “Por omitir justificar 63  plazas ocupadas no presupuestadas. EL informe de avance de gestión exhibido no justifica la acción efectuada.” La irregularidad no fue solventada, por lo que se propuso y se aprobó “I.-  Amonestación Pública,  Por omitir presupuestar las plazas ocupadas.”

“En incumplimiento a la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, artículo 72 fracción IV y 76 fracción I y XVI; Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal, artículo 17 fracciones I y II, 21 fracción I.”

Por la irregularidad F37-FS/14/09, se le aplica sanción administrativa, por no solventar la irregularidad “por omitir justificar que en algunas plazas el sueldo no corresponde al autorizado en el tabulador integrado al presupuesto de egresos, ya que se realizan pagos en demasía, identificados del comparativo realizado a las nóminas del mes de abril y con el tabulador de sueldos.”

La sanción aprobada por el pleno del Congreso, fue “I.-  Amonestación Pública, Por omitir justificar que en algunas plazas el sueldo no corresponde al autorizado en el tabulador integrado al presupuesto de egresos.”

“En incumplimiento a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículo 61 fracción II inciso a); Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal, artículo 22 fracción V. Ley que fija las Bases para las Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado y los municipios, artículos 6, fracción IV y IX, 10, 17, 31, fracción I y II.”

Enseguida por la irregularidad señalada como F44-FS/14/09, se le sanciona de manera administrativa “por omitir  la baja oportuna en el IMSS de conformidad con su relación laboral con  el ayuntamiento, del C. Francisco Javier Macías Corona,  policía tercero adscrito a la Dirección de Seguridad Pública del Municipio de Tecomán. Del cual se tiene conocimiento que  se encuentra detenido en el CERESO desde el 22 de agosto de 2012 según expediente 96/2012 y no se exhibió la resolución judicial de esta persona que determine su situación legal, no obstante haber sido solicitada esta información mediante oficio 005/2014 del 24 de febrero de 2015.”

Se le sancionó con “I.-  Amonestación Pública, al Oficial Mayor, por autorizar pagos de las cuotas Obrero Patronales al IMSS sin considerar la situación jurídico-laboral del trabajador.”

“En incumplimiento a la  Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal, artículos 28, 30. Ley del Municipio Libre del Estado de Colima artículo 76 fracción X, y 11 Fracción V de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Publico Municipal,  Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima artículo 27 fracción X.  Ley del Seguro Social artículo 15 fracción I y 31.”

Por la irregularidad F45-FS/14/09, se le sanciona, “por dar de alta ante el IMSS al C. Ismael Contreras Martínez, Faustino Hdez. Pérez, Ma. Esther Medina Rojas, Oscar César Mendoza Gtez., reconociendo que por error se dio de alta ya que se capturo un número de afiliación incorrecto,  no se localizó en las nóminas.”

Por esa causa se le impone otra   “Amonestación Pública, Por dar de alta ante el IMSS (a) Ismael Contreras Martínez. Desglosado como a continuación se muestra:”

“En incumplimiento Ley del Seguro Social artículo 15 fracción I. Ley General de Presupuesto, Contabilidad y Gato Público Municipal, artículos; 10 fracciones V y VI, 11 fracción V, y 33. Ley del Municipio Libre del Estado de Colima artículos; 72 fracción XII y 76 fracción XII.”

La irregularidad F48-FS/14/09, se aplicó “por realizar compras directas y  al proveedor Llantera Costera del Pacifico S.A. de C.V., las cuales de acuerdo al análisis de las fechas de la requisición y la orden de compra de cada una, se observa que fueron fraccionadas.”

Por esa causa se le sanciona nuevamente con “Amonestación Pública, por realizar compras directas y fraccionadas con el  proveedor Llantera Costera del Pacifico S.A. de C.V.”

 

“En incumplimiento Ley de Adquisiciones Servicio y Arrendamiento del Estado de Colima, artículo 42 inciso b) y quinto párrafo.  Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, artículo 76 fracción III y VII.”

Por lo que respecta a la irregularidad señalada como F49-FS/14/09, se le sanciona “por realizar compras fraccionadas al proveedor Llantera Costera del Pacifico S.A. de C.V. siendo autorizadas en la sesión 9 de comité de compras de fecha 6 de junio de 2014, previo análisis de tres 3 cotizaciones, las cuales de acuerdo al análisis de las fechas de la requisición y la orden de compra de cada una, fueron fraccionadas con el propósito de no realizar el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas.”

La sanción es otra amonestación pública por realizar compras directas y fraccionadas al proveedor Llantera Costera del Pacifico S.A. de C.V. “

“En incumplimiento Ley de Adquisiciones Servicio y Arrendamiento del Estado de Colima, artículo 42 inciso c), quinto párrafo, Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, artículo 76 fracción III Y VII.”

Después en la F51-FS/14/09, fue “por realizar compras directas al Proveedor Mario Ayala Rodríguez, observando con el análisis de las fechas de requisición y orden de compra se determinó que fueron fraccionadas al no cotizar con tres proveedores, ni informar al comité de compras, conforme lo señala la Ley en materia.”

Se le aplica otra amonestación pública “por realizar compras directas y fraccionadas al Proveedor Mario Ayala Rodríguez.”

En incumplimiento a la Ley de Adquisiciones Servicio y Arrendamiento del Estado de Colima, artículo 42 inciso b), quinto párrafo. Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, artículo 76 fracción III Y VII.”

Finalmente la irregularidad marcada como F52-FS/14/09, se le aplicó “por realizar compras al Proveedor Luis Alonso Tavares Castañeda, observando que del análisis de las fechas de la requisición y orden de compra de cada una, se determinó que fueron fraccionadas al solicitar únicamente tres cotizaciones con visto bueno del comité de compras y no llevar a cabo el procedimiento de invitación  a cuando menos tres personas.”

Se le aplica otra “Amonestación Pública,  por realizar compras fraccionadas al Proveedor Luis Alonso Tavares Castañeda.”

“En incumplimiento a Ley de Adquisiciones Servicio y Arrendamiento del Estado de Colima, artículo 42 inciso c), quinto párrafo.  Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, artículo 76 fracción III Y VII.”

Su caso en la congeladora…

Dos días después de que el pleno de la Quincuagésimo Séptima Legislatura aprobó sancionarlo, Santiago Chávez, rindió protesta como diputado integrante de la Quincuagésimo Octava Legislatura.

El decreto 587, en sus resolutivos  instruía: ARTÍCULO TERCERO.- Túrnese el presente dictamen y sus anexos soportes, por conducto del C. Oficial Mayor, a la Comisión de Responsabilidades para los efectos del artículo 49, fracción IV, del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima.”

Hasta el momento no se ha presentado al pleno ningún dictamen de parte de la Comisión de Responsabilidades, referente a este decreto, como que está congelado o durmiendo el sueño de los justos, luego se quejan de que por qué prescriben los actos.

Hoy el ex Oficial Mayor del Ayuntamiento de Tecomán, se apresta a elaborar los dictámenes para sancionar a casi un centenar o un poco más de funcionarios y ex funcionarios del gobierno del estado, iniciando por el ex gobernador Mario Anguiano; del Congreso del Estado, a ocho ex diputados; a decenas de ex funcionarios municipales; así como de los organismos operadores de agua potable… ¡Ah qué caray!, de condenado a verdugo ¿habrase visto?

Por cierto en este mismo decreto de la cuenta pública 2014 y en informe de resultados de la cuenta pública 2015, que apenas se va a calificar, aparece sancionada también con amonestación pública, en ocho ocasiones y se le aplica sanción económica y solidaria a una ex tesorera de la misma administración municipal de Tecomán (hubo tres)  y que hoy es flamante funcionaria de Gobierno del Estado, nombrada por el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez. Por cuestiones de espacio se lo daré a conocer en otra entrega,

¿Estaría enterado el titular del Ejecutivo de la situación de esta ex funcionaria municipal al momento que la invito a ser su colaboradora?…

Para cerrar… Reconocimiento de vida a 32 ancianos

**Hoy jueves 20 de octubre a partir de las 10:00 de la mañana se desarrollará una sesión solemne de la Quincuagésimo Octava Legislatura, donde se les entregará un reconocimiento de vida a 32 hombres y mujeres colimenses, que han cumplido 100 (cien) años o más y que se encuentran vivos.

De los 32 homenajeados, 18 serán mujeres y el resto varones. Déjeme comentarle que la persona de mayor edad en Colima es una mujer, tiene 116 años y es de la comunidad de La Caja, municipio de Comala y se llama Victoria Jacobo González.

Le sigue un señor de nombre J. Cruz Ramírez Rosales, de 112 años, de él, desafortunadamente no tengo sus datos de que parte del estado es.

De los homenajeados, quince, tienen 100 años; cuatro, tienen 101; cuatro, tienen 102; cinco, tienen 103; dos, tienen 104; uno, 112 y una 116 años.

Desde aquí vaya una sincera felicitación a estos 32 hombres y mujeres que definitivamente son de muy buena madera… hasta donde estoy enterado, al menos una docena llegarán por su propio pie, caminando.

Ojalá nuestros diputados sean estrictamente puntuales, no solo por respeto a estos ancianitos, sino que por su edad, seguramente algunos estarán ya bajo algún tratamiento médico y deban estarles proporcionando medicamentos.

¡Ah! y dos peticiones: una, como ahora todos quieren llevarse los reflectores, no sé cuántos diputados vayan a querer subirse a tribuna, por favor, no se extiendan más de tres minutos. Este día los héroes y heroínas de la película son estas 32 personas ejemplo de vida, déjenles el lucimiento a ellos; y, dos, al Oficial Mayor del Congreso, pedirle que gire instrucciones al personal técnico que se encarga del recinto legislativo, que a la hora de la sesión no vayan a prender los aires acondicionados, son personas que por su edad, ya requieren de cuidados especiales, por favor, no los expongan, es mi humilde petición.

** Finalmente comentarle que este jueves, si es que le entregaron el citatorio, que no lo había recibido, comparecerá otra vez ante los diputados el Auditor Superior del Estado, Armando Zamora González; será la segunda ocasión en menos de 72 horas.

Acudirá a aclarar las dudas de los diputados y las diputadas  y a que presente la información, razonamientos y explicaciones que esclarezcan los procesos implementados en las auditorías.

Ya el martes les dijo a los diputados que él responde por los informes que entregó por escrito el 29 de septiembre y ante los casos donde le mostraron que hay disparidad con lo que aparece en la página web del OSAFIG, dijo ante los medios que al parecer “hubo mano negra”.

El Auditor Superior del Estado, se comprometió a realizar las investigaciones para saber por qué esas alteraciones entre lo entregado y lo publicado… seguramente muchas aclaraciones deberá dar el responsable de la Unidad de Transparencia de OSAFIG.

Las investigaciones tienen que realizarse y llegar hasta sus últimas consecuencias, y si hubo mala fe, se apliquen los correctivos a que haya lugar.

Pero bueno, ya le estaré comentando en las próximas entregas “Desde la Curul 26”, el rumbo que vayan tomando las cosas, ahí nos vemos en la próxima.