Piden eliminar el matrimonio infantil de la legislación local

Hasta el momento sólo la Ciudad de México, Jalisco, Coahuila y Campeche han aprobado esta ley que entró en vigor el 4 de diciembre de 2014 a nivel federal

La diputada panista Norma Padilla, presentó una iniciativa para modificar diversas disposiciones del Código Civil local, para eliminar la existencia del matrimonio infantil, forzado y precoz.
Señaló que este problema público tiene consecuencias graves y duraderas para niños, niñas y adolescentes, que cambia radicalmente la vida de los menores, recordando que la Asamblea General de las Naciones Unidas, indicó que el matrimonio infantil forzado, es aquel que se celebra sin el consentimiento pleno y libre de al menos uno de los contrayentes y/o cuando uno de ellos o ambos carecen de la capacidad de separarse o de poner fin a la unión, por diversos motivos, como son la presión familiar y social.
Destacó la congresista, que con el matrimonio infantil se viola el derecho humano universal de dar el propio consentimiento de manera libre a la hora de contraer matrimonio. Así, “…el matrimonio infantil afecta principalmente a las niñas, siendo habitual que sus parejas sean hombres de mayor edad…” “Cuando una niña es obligada a contraer matrimonio y da a luz, comienza un círculo vicioso de pobreza, salud precaria, restricción de su formación, violencia, inestabilidad e indiferencia.“
Entre las consecuencias más graves del matrimonio infantil, se encuentran: Embarazo prematuro y de alto riesgo. deserción escolar, que pone fin a su desarrollo educativo. inserción laboral precaria o desempleo. confinamiento doméstico. riesgos y daños a la salud, tanto físicos como psicológicos. Perpetuación de la violencia de género y esclavitud y prácticas análogas a la esclavitud.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y otros organismos han exhortado a los Estados a elevar a 18 años la edad para contraer matrimonio, tanto en el caso de las niñas como en el de los niños sin excepción, afirmando que este problema no se justifica por motivos tradicionales, religiosos, culturales o económicos.
De acuerdo a la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica 2014 de INEGI, en México una de cada cinco mujeres entra en una unión conyugal antes de cumplir 18 años.
Aunque la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes entró en vigor el 4 de diciembre de 2014, estableciendo la obligación de que las entidades federativas establezcan como edad mínima para casarse, los 18 años, son pocas las que han modificado su legislación para armonizarla con el mandato nacional. Sólo la Ciudad de México, Jalisco, Coahuila y Campeche han armonizado sus legislaciones estatales, reformando en la mayoría de los casos su código civil local, para establecer la edad de 18 años, sin excepción ni dispensa alguna, como la mínima para contraer matrimonio.
En su diagnóstico, la organización “México Funciona” identificó que tan sólo en el año 2014, 141 niñas y 18 niños fueron unidos legalmente en matrimonio con personas mayores de edad. La asociación apunta a que 9 niñas tenían menos de 15 años de edad cuando fueron forzadas a casarse, 19 niñas tenían 15 años, 49 de ellas 16 años, 64 se unieron legalmente a los 17 años, y 114 niñas estaban por alcanzar los 18 años cuando iniciaron su matrimonio.
De aprobarse la propuesta de reforma se armonizaría el texto de la legislación estatal con el numeral 45 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se elimina toda dispensa o excepción a la obligación de tener 18 años cumplidos para contraer matrimonio, quitando tal facultad a los Presidentes Municipales y a los Jueces.
Se deroga el consentimiento necesario del padre o la madre, o de ambos, así como de cualquier otro pariente o tutor, para que menores de edad puedan concurrir al matrimonio.
Se prescinde de la falta de consentimiento del tutor del menor, eliminándolo del texto legal, como impedimento para contraer matrimonio, así como se deroga la disposición que señala como dispensable la falta de edad.
Con esta propuesta se cumple un propósito social de alta prioridad, como lo es la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes del estado de Colima, y se hace exigible el principio del interés superior de la niñez. La iniciativa fue turnada a comisiones, para su análisis y dictaminación.